El titular de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Marco Livio Díaz, informó que serán suspendidos para facturar 276 mil 712 contribuyentes afiliados al Impuesto al Valor Agregado. Foto: Alejandro Ramirez

El titular de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Marco Livio Díaz, informó que serán suspendidos para facturar 276 mil 712 contribuyentes afiliados al Impuesto al Valor Agregado (IVA), que no hayan presentado declaraciones o cancelado sus responsabilidades en los últimos cuatro años.

Según la información trasladada, hay 1 millón 572 mil 195 de los afiliados a este régimen de facturación. Quienes serán cancelados representan el 18 por ciento.

Además, 225 mil 016 de los que serán inhabilitados para facturar son pequeños contribuyentes.

JUSTIFICACIÓN

Díaz Reyes explicó que esta acción se realiza conforme a lo establecido en el artículo 120 del Código Tributario.

«Para aquellos contribuyentes que estén omisos en el pago del Impuesto al Valor Agregado o que no sean ubicados en su domicilio fiscal, la Administración Tributaria podrá suspender su afiliación al régimen de dicho impuesto», dijo.

De esta cuenta se informó que se dio aviso a 224 mil 120 contribuyentes, por medio de correo electrónico. De estos, 892 realizaron cese de actividades de manera voluntaria y únicamente 4 cumplieron con las obligaciones de manera formal, presentando las declaraciones y pagos pendientes.

SANCIONES

El superintendente advirtió que se aplicarán las sanciones correspondientes a los contribuyentes que sean desactivados. Estas equivalen a pagar el 100 por ciento del impuesto, así cómo una multa formal por omitir la presentación de las declaraciones pertinentes, la cual puede ser rebajada hasta en el 80 por ciento.

Asimismo se dio a conocer que esta información es pública y será agregada a los datos del contribuyente en un mensaje que indicará el motivo de la inactivación: «Suspensión por omisión IVA, artículo 120 del decreto 6-91, Código Tributario»

VOLVER A AFILIARSE

Por su parte, el intendente de recaudación, Fernando Suriano, explicó que el numero de identificación tributaria (NIT) del contribuyente seguirá activo, y que la sanción alcanza solo la emisión de facturas.

«El NIT sigue vigente, es la afiliación la que queda suspendida» dijo Suriano. También explicó que si algún contribuyente desea activar la afiliación a este régimen, deberá completar un procedimiento en línea y efectuar los pagos pendientes.

De esa cuenta, en un plazo de 24 horas volverá a estar en las mismas condiciones que antes de la sanción.

SAT

Jessica Pérez Galindo
Fiel creyente que la humanidad aún puede cambiar su destino por medio de la justicia, la bondad y la comunicación. Eterna aprendiz de la vida, lectora empedernida y románticamente idealista.
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