Kevin Malouf
Arte: Alejandro Ramírez.

Los magistrados de la Sala Tercera Penal ordenaron suspender la resolución con la que el juez Pedro Laynez benefició al cirujano plástico Kevin Malouf, al cambiarle el delito de homicidio a homicidio culposo, y ordenó que se haga una nueva resolución basándose en los criterios que la sala tomó en cuenta para emitir su fallo.

Según la sala, Laynez no tomó en cuenta diferentes medios presentados durante la audiencia de etapa intermedia, como los criterios de los expertos médicos que daban cuenta de la actitud tomada por Malouf al momento en que Floridalma Roque falleció en su clínica.

Estos criterios refieren que tanto Malouf como Lydia Moreira y Susana Rojas omitieron «su deber de actuar», ya que tenían los medios y autoridad médica, además de saber «el riesgo metabólico y deliberadamente negaron el tratamiento indispensable que evitara la muerte de la señora Floridalma Roque», expresan los magistrados.

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La Sala presidida por Alejandro Prado refiere que hubo intención de cometer el delito de homicidio y no el de homicidio culposo porque se «denota la aceptación de ese resultado, ya que se evidencia con esos medios de investigación, el deterioro de la salud de la señora Floridalma Roque, teniendo conciencia del riesgo vital que conllevaba el no proporcionarle el tratamiento necesario».

Los magistrados también le reprochan a Laynez que no existió un pronunciamiento respecto a la actitud posterior de Malouf, como «la colocación del cadáver en un recipiente, el traslado, fragmentación, entierro clandestino y ocultamiento de la evidencia, lo cual denota la conciencia de la ilegalidad, voluntad de impunidad y compatibilidad con un dolo previo».

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Con esta decisión, la Sala deja sin efecto la resolución emitida por Laynez y ordena que se haga una nueva tomando en cuenta los aspectos ya mencionados.

Para tal efecto, el juzgado tiene un plazo de cinco días después de que hayan sido notificados de que la sentencia está firme para hacer los cambios indicados.

CAMBIO DE JUZGADO

Sin embargo, derivado de que Laynez se excusó de seguir conociendo el caso y dicha acción fue aceptada por la sala correspondiente, el caso pasó a manos del Juzgado Quinto Penal, ante el juez suplente Arnulfo Carrera, quien en un intento de no querer conocer el caso había trasladado el expediente a un juzgado de paz, pero tras una resolución de la Cámara Penal, el caso le fue devuelto de nuevo.

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Ante esta situación, será Carrera el que debe ejecutar lo ordenado por la Sala; sin embargo, por ser un juez nuevo y que no conoció los argumentos de las partes en el proceso, haría que la audiencia de etapa intermedia se repita y así decidir si Maoluf, Rojas y Moreira deben o no enfrentar juicio.

De momento, aún se espera si la defensa apelará la decisión.

Sergio Osegueda
Periodista con experiencia de 17 años. Apasionado por las tradiciones de nuestro país.
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