
La Procuraduría General de la Nación (PGN), dirigida por Julio Saavedra, impugnará la resolución del juez Fredy Orellana que anuló las órdenes de captura contra el expresidente golpista Jorge Serrano Elías, al señalar que la decisión fue dictada en una audiencia a la que la institución no formó parte.
La resolución, emitida el 5 de enero de 2026 por el Juzgado Séptimo Penal, declaró con lugar la actividad procesal defectuosa planteada por la defensa del exmandatario y ordenó anular todo lo actuado desde el 2 de junio de 1993, así como revocar las órdenes de captura giradas en su contra. El Ministerio Público, que dirige María Consuelo Porras, no presentó oposición a la petición, según reveló este medio ayer.
«La Procuraduría General de la Nación ejercerá todas las acciones y recursos legales previstos en el ordenamiento jurídico, conforme a sus atribuciones, con el propósito de garantizar el respeto al Estado de Derecho y evitar la impunidad frente a actos que han atentado contra el orden constitucional del país», señaló la PGN en un comunicado posteriormente.
#ComunicadoPGN| 📃 La PGN en cumplimiento de su mandato y en defensa de los intereses del Estado, interpondrá los medios de impugnación que correspondan contra la resolución que revocó la orden de captura dictada contra el señor Jorge Antonio Serrano Elías: pic.twitter.com/6sFAI12VV7
— PGN Guatemala (@PGNguatemala) February 19, 2026
PGN IMPUGNARÁ BENEFICIO
Fuentes de la PGN confirmaron que, en su condición de agraviado como Estado, se encuentra revisando el sustento jurídico de lo resuelto para determinar las acciones legales correspondientes, entre ellas la impugnación de la decisión. De acuerdo con las fuentes, la institución no fue citada a la audiencia en la que se conoció y resolvió la solicitud de la defensa.
Serrano Elías es señalado en Guatemala por la presunta comisión de al menos 13 delitos relacionados con el rompimiento del orden constitucional del 25 de mayo de 1993, cuando intentó disolver el Congreso de la República y la Corte Suprema de Justicia. Con la anulación de las órdenes de captura, su defensa busca el cierre definitivo del caso, ya sea por prescripción o por una supuesta falta de acción del MP.
Orden de captura contra Jorge Serrano Elías fue anulada por Fredy Orellana, sin oposición de MP
La decisión de Orellana —quien ha sido sancionado por 42 países por sus resoluciones en el contexto del intento de golpe de Estado de 2023— abre un nuevo capítulo en un expediente que permaneció activo durante más de tres décadas y que ahora podría redefinirse en instancias superiores, a la espera de la impugnación anunciada por la PGN.
AGRADECE FALLO JUDICIAL
En su cuenta de Facebook, Serrano Elías celebró la decisión judicial con un mensaje titulado: “Agradezco a Dios, al fin se hizo justicia”. En la publicación afirmó que la resolución “anula el proceso penal” en su contra y revoca las órdenes de aprehensión tras 33 años.
Sostuvo que el proceso iniciado en junio de 1993, luego del denominado “Serranazo”, contenía “vicios graves desde su origen”, entre ellos falta de pruebas, pruebas falsas y violaciones al debido proceso, y que el juez ordenó anular todo lo actuado a partir del 2 de junio de 1993.
La publicación del exmandatario también provocó reacciones encontradas en redes sociales. Mientras algunos usuarios lo felicitaron y celebraron el fallo judicial como el cierre de una etapa, otros pusieron en duda el alcance de la resolución y cuestionaron su legitimidad, señalando que bastaba con revisar quién fue el juez que la dictó para entender el contexto. Varios comentarios aludieron al historial del juzgador y a sus decisiones recientes.
El MP, en tanto, respondió que por medio de la Fiscalía de Delitos Administrativos, «en ningún momento ha faltado a su deber constitucional de ejercer la acción penal pública… que es totalmente falsa toda información que señale o insinúe inactividad por parte de la Fiscalía en relación con las resoluciones emitidas por el juez Fredy Orellana», no obstante, no hicieron mención de que durante la audiencia no apelaron a esa decisión.
«El pasado 05 de enero de 2026, dicho juez, sin brindar audiencia a las partes y con base en una solicitud escrita presentada por la defensa técnica del sindicado, declaró con lugar una actividad procesal defectuosa y, en consecuencia, revocó las órdenes de aprehensión vigentes. Esta resolución fue notificada el 06 de enero a la Fiscalía, la cual inmediatamente interpuso recurso de reposición contra lo resuelto, el cual fue rechazado. Derivado de estas actuaciones, el 03 de febrero de 2026 el Ministerio Público interpuso un amparo, el cual aún se encuentra pendiente de resolución», afirmaron.
A la vez, la Fiscalía destacó que ha hecho uso de todos los recursos de impugnación con el propósito de revertir esta resolución, y continuará buscando la rectificación de estas actuaciones, «no solo en aras de la justicia, sino también de la historia de la institucionalidad de la República de Guatemala».







