La magistrada del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Irma Elizabeth Palencia, presentó un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) con el fin de que ordene la suspensión de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) con la cual remitió al Congreso el expediente de antejuicio contra los integrantes de la entidad electoral.
De esta cuenta, la togada busca que la decisión de la CSJ quede sin efecto, y que la alta Corte ordene que se emita una nueva resolución legal y razonada, así como que no se remita al Legislativo en antejuicio y se archiven las actuaciones.
CORTE NO SE INTEGRÓ ILEGALMENTE
En el escrito, Palencia sostiene que varios magistrados titulares de la CSJ y de Salas presentaron inhibitorias y excusas para no conocer el trámite de antejuicio, pero que no fue notificada de ello, ya que le habría permitido tener la posibilidad de aceptar las excusas.
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Por ello, recalcó que el artículo 126 de la Ley del Organismo Judicial establece que dicha situación se debe de hacer saber a las partes, mientras que el artículo 127 de esta misma normativa sostiene que si es parte de un tribunal colegiado, lo deberá hacer constar inmediatamente en las actuaciones y el presidente deberá hacer del conocimiento de los involucrados.
De esta cuenta, sostiene que se vulneraron ambos artículos de dicha Ley, así como los artículos 2 y 12 de la Constitución Política de la República, pues no existió un debido proceso.
A su vez, detalló que la CSJ debió integrar a los presidentes de Salas de Apelaciones, principiando con los establecidos en la capital en orden numérico o en su defecto los vocales y por último a los suplentes.
“La Corte se obvió debidamente ese procedimiento legal, pues como ya indiqué, de nada de ello, fui notificada y aunque lo hubieran agotado de igual manera, debían notificar esas incidencias a efecto de verificar que la Corte se hubiere integrado legalmente y el no haber procedido así, simple y sencillamente, se podría apreciar que se integró una Corte, pero que no es la que legalmente pudo haber correspondido”, recalcó.
NO SE ANALIZÓ
De la misma forma, Palencia recalcó que en fallos anteriores, la máxima Corte estableció que las resoluciones para poder admitir antejuicio deben ser analizadas, ya que el denunciante debe proporcionar elementos razonables y suficientemente sustentados en investigación seria.
A su vez, agregó que también se debe analizar que al denunciante o querellante le constan directamente los hechos, salvo el caso sea directamente presentado por el ente investigado, además, que el caso no sea por razones espurias, políticas o ilegítimas.
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Sin embargo, Palencia afirmó que en la resolución la CSJ “no se pronuncia ni razona absolutamente nada sobre el particular”, y que el antejuicio no surgió desde el MP sino que deriva de una denuncia presentada por Karen Fischer y Giovanni Fratti.
“Tampoco analizó si los denunciantes proporcionaron o no suficientes elementos de razonabilidad, sustentados en una investigación seria y previamente realizada, (…) no se advierte que ni que los hayan acompañado, menos que esos elementos tengan una base investigativa seria y previa a presentar la solicitud de antejuicio”, afirma.
DICE QUE NO SE INCURRIÓ EN DELITO
Al mismo tiempo, la magistrada subrayó que la CSJ únicamente se limitó a referir lo que indicó el denunciante y lo que repitió el MP y hace alusión a “documentos acompañados”, sin que haya análisis jurídico.
En esta línea, agregó que “si ustedes revisan (la CC) debidamente la solicitud de antejuicio, es exactamente lo mismo que se presentó como denuncia penal, por otro lado, la Corte no dice ni razona cuáles son los elementos probatorios presentados que determinan la eventual responsabilidad penal y separada de cada uno de los magistrados antejuicios”.
Según la togada, tampoco se indica cuándo y cómo se produjeron los hechos, así como la responsabilidad de cada uno de los magistrados señalados. “Simple y sencillamente no se ha incurrido en la comisión de ilícito penal alguno”, agregó.
También, Palencia enfatizó que, con relación a las motivaciones políticas, la CSJ indicó que “no las hay” porque los hechos se relacionan con “actos de los magistrados”. Además, señaló que al no razonar debidamente, los magistrados vulneraron la tutela judicial efectiva.
JUEZ DE PAZ NO REALIZÓ PROCEDIMIENTO CORRECTO
De la misma forma, la magistrada Palencia sostiene que la Fiscalía de Delitos Administrativos presentó ante el Juzgado de Paz de Turno la solicitud de antejuicio, por lo que el juez debió remitir la documentación al Centro de Gestión Penal, ya que iba dirigido al Juez de Primera Instancia Penal.
Sin embargo, sin tener competencia, el juzgado dictó el expediente “Diligencias de Antejuicio SGT 01141-2023-02164/Secretario”, y se inhibió de conocer las diligencia, por lo que remitió a la CSJ la documentación, según detalló Palencia.
De esta cuenta, la togada sostuvo que, la CSJ al avalar dicho procedimiento no solo “consintió” el procedimiento del juez, sino que también vulneró la seguridad y certeza jurídica, así como el debido proceso que se establece en el artículo 2 y 12 constitucional.
CSJ PASA AL CONGRESO ANTEJUICIO
El pasado 7 de noviembre, los magistrados de la CSJ dieron trámite al antejuicio en contra de los magistrados titulares Irma Elizabeth Palencia Orellana, Ranulfo Rafael Rojas Cetina, Blanca Odilia Alfaro Guerra, Gabriel Vladimir Aguilera Bolaños, y Mynor Custodio Franco Flores y los magistrados suplentes, Marco Antonio Cornejo Marroquín, Marlon Josué Barahona Catalán y Álvaro Ricardo Cordón Paredes.
El caso deriva de una denuncia presentada por Fischer y Fratti por supuestas anomalías en la adquisición del sistema informático de la Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP).
Por ello, la Fiscalía de Delitos Electorales acusa a los magistrados por la posible comisión de los delitos de fraude, incumplimiento de deberes y abuso de autoridad.