La Corte de Constitucionalidad (CC) dio a conocer, este miércoles 11 de octubre, que resolvió la solicitud de debida ejecución del Ministerio Público (MP), a cargo de la Fiscal General Consuelo Porras, sobre el amparo que otorgó al Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF), por lo cual la administración de Alejandro Giammattei deberá liberar los puntos bloqueados.
De acuerdo con la alta Corte, se tomó en cuenta la existencia de bloqueos, así como acontecimientos que han puesto en riesgo el “efectivo ejercicio de los derechos humanos” y actos de violencia ocurridos.
La Corte de Constitucionalidad a la Opinión Pública informa: pic.twitter.com/P42RYOidyn
— CC Guatemala (@CC_Guatemala) October 12, 2023
“Este Tribunal declaró con lugar la solicitud planteada al advertir que no todas las manifestaciones que se han realizado, han cumplido con lo dispuesto en el artículo 33 constitucional y los estándares internacionales”, afirmó.
En esta línea, resaltó que en abuso de los derechos de reunión y manifestación, se ha impedido a la población el ejercicio de los derechos a la vida, salud, tratamientos médicos, seguridad, así como la paz, libertad de locomoción, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad.
“Así como se ha limitado la garantía de los servicios esenciales como el transporte, el agua, el agua potable, la energía eléctrica, el funcionamiento de puertos, aeropuertos, aduanas, terminales de carga y descarga de mercancías y de cualesquiera otros afectados”, agregó.
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ESTO ORDENÓ
De esta cuenta, el Tribunal Constitucional ordenó que se asuman de forma inmediata y oportuna las acciones y medidas pertinentes para restituir a los guatemaltecos el goce de dichos derechos, así como que se garanticen los referidos servicios, y los derechos de los niños a la integridad, educación y otros reconocidos y garantizados en la Constitución y la Convención sobre los Derechos del Niño.
A su vez, pidió que se coordinen e implementen acciones para garantizar que los guatemaltecos ejerzan su derecho a la manifestación, siempre y cuando sea pacífica y permita a los demás ciudadanos realizar sus actividades diarias sin que resulten afectados por las manifestaciones o “el abuso de las mismas”.
De esta cuenta, los cuerpos de socorro y las fuerzas de seguridad deberán velar por el libre tránsito, así como garantizar el funcionamiento de puertos, aeropuertos, aduanas, también terminales de carga y descarga de mercancías.
A la vez, se deberán tomar acciones para garantizar la seguridad de todos los habitantes, tomando en consideración que todo “abuso de derecho de manifestación no resulta acorde con los fines para el reconocimiento de ese derecho previó la Constitución”.
En caso se dé dicho abuso, la alta Corte resolvió que se iniciarán investigaciones con el fin de responsabilizar a las personas que cometan actos delictivos contra la propiedad pública y privada o utilicen mecanismos para afectar y cometer delitos contra la población, y en caso de ser delito flagrante se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 257 del Código Procesal Penal.
SOBRE EL USO DE FUERZA PÚBLICA
De la misma forma, la CC detalló que el uso de la fuerza pública será como última medida, y solo en casos absolutamente necesarios y excepcionales. “Cuando la manifestación no sea pacífica o haya indicios claros de amenaza inminente de violencia grave, pudiendo, para mantener el orden y la seguridad, dispersar la reunión cuando esta cause gran perturbación, como el bloqueo del tráfico”, especificó.
Al mismo tiempo, estableció que se deberán usar las armas menos letales y siempre proporcionales al riesgo de la situación, a la vez que se deberán hacer esfuerzos razonables para limitar riesgos de seguridad de la persona.
“Esas armas solo se deberán utilizarse (Sic) como último recurso, tras advertencia verbal y dando a los participantes la oportunidad de deponer las actitudes no pacíficas”, añade el comunicado de la alta Corte.
A su vez, resaltó que la fuerza pública “si bien es una posibilidad”, debe acudirse observando los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, así como precaución y no discriminación con miras a garantizar la preservación de la paz y seguridad de los habitantes.
“De ser necesario, podrá requerirse la cooperación del ejército de Guatemala, dado su deber constitucional de coadyuvar en mantener la paz y la seguridad interior del país (artículo 244 de la Constitución), siempre con las mismas prevenciones con las que operan para las fuerzas de seguridad”, concretó.
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EXHORTACIONES
De la misma forma, la máxima Corte exhortó a los promotores de las protestas y la ciudadanía que se respete la paz social y los derechos humanos ejerciendo sus derechos en forma pacífica como lo reconoce la Constitución y sin que se vulneren derechos de terceros, “debiendo deponer las afectaciones que los bloqueos y carreteras causan a la población”.
“A los responsables y encargados directos del cuidado de los niños que en observancia de su interés superior se abstengan de colocarlos en situaciones que no garanticen sus derechos a la seguridad, educación y bienestar, sin perjuicio de lo que en cuanto a este asunto atañe a las autoridades Estatales”, afirmó.
Además, pidió al Movimiento Semilla, y las personas electas, que ejerciten ante el respectivo órgano jurisdiccional todas las acciones oportunas e idóneas y se haga valer la defensa por las vías que la ley especifica, a fin de evitar la “actualización de medios y acciones que no promuevan”.
Finalmente, al Ministerio Público lo exhorta a que proceda diligentemente, conforme a la ley, concluya a la brevedad su investigación y realice las diligencias judiciales que amerite la situación.
ANTECEDENTES
Ante las múltiples manifestaciones en contra de la Fiscal General, en las que solicitan su renuncia, así como el fin de las actuaciones del MP en contra del proceso electoral, la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal interpuso una debida ejecución del amparo otorgado a CACIF.
Porras, ante las expresiones en su contra, pide debida ejecución a la CC
“Debiéndose tomar todas aquellas medidas necesarias para tal ejecución, a efecto de preservar el orden público y la coexistencia con otros derechos que asisten a la población y que en caso de incumplimiento se certifique lo conducente conforme lo establece la ley”, destacó.
Estas manifestaciones iniciaron luego que la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) a cargo de Rafael Curruchiche, realizaba un operativo en la sede del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por autorización del Juez Séptimo Penal, Fredy Orellana, en donde secuestró las Actas No. 4 y No. 8 que son la pureza del proceso electoral.