El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) postergó el plazo para gestionar la regularización ambiental hasta el 27 de septiembre del 2024.
La reforma al Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, contenido en el acuerdo gubernativo 137-2016 fue publicada en el Diario Oficial este viernes 2 de diciembre.
Las modificaciones fueron hechas por medio del acuerdo gubernativo 298-2022, firmado por el presidente, Alejandro Giammattei, así como por Gerson Barrios, titular del MARN, y María Consuelo Ramírez, secretaria general de la Presidencia.
“Derivado del incremento en la presentación de solicitudes de instrumentos correctivos para regularización ante el MARN, se considera necesario prorrogar los plazos relacionados para el efecto y de esta forma dar cumplimiento a la normativa ordinaria correspondiente”, es una de las justificaciones de la prórroga.
El plazo que fue fijado con anterioridad tenía como fecha límite el próximo 16 de diciembre.
La cartera advirtió que las sanciones por carencia o incumplimiento consisten en multas de entre Q5 mil a Q100 mil, según la categoría a la que pertenezca el proyecto.
Torres, Sinibaldi y Baldizón fueron beneficiados por distintas decisiones tomadas por los jueces que conocen sus casos. Esto fue lo que mencionaron los analistas: https://t.co/BfWVbbVm5D
— Diario La Hora (@lahoragt) December 2, 2022
CATEGORÍAS OBLIGADAS
Según la información oficial, los proyectos de construcción y comercialización, establecidos en las categorías A, B1 y B2, están obligados a obtener licencia. Esto porque se trata de obras que tienen un impacto ambiental alto o moderado.
La categoría A corresponde a aquellos proyectos, obras, industrias o actividades consideradas como las de más alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental de entre todo el Listado Taxativo. Los megaproyectos de desarrollo se consideran como parte de esta categoría.
En la categoría B se encuentran los proyectos, obras, industrias o actividades consideradas como las de moderado impacto ambiental potencial o riesgo ambiental de entre todo el Listado Taxativo.
Se subdivide en la categoría B1, que comprende las que se consideran como de moderado a alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental; y la categoría B2, que comprende las que se consideran como de moderado a bajo impacto ambiental potencial o riesgo ambiental.
La Hora consultó con Presidencia sobre el retorno del mandatario a sus actividades. Conoce aquí su respuesta 👇🏼 https://t.co/5lSvSxYIS7
— Diario La Hora (@lahoragt) December 2, 2022