POR SAIRA RAMOS
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Una prohibición constitucional llevó a cuatro de cinco magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) a negar la inscripción de Zury Ríos como candidata a la presidencia por el partido Visión con Valores (ViVa), luego que esa agrupación planteó un recurso de nulidad, tras la primera negativa del Registro de Ciudadanos del ente electoral.

El presidente del TSE, Rudy Marlon Pineda, en rueda de prensa, anunció la decisión de la mayoría de magistrados, después que ayer en una reunión del Pleno conocieron la acción interpuesta por ViVa la tarde del pasado lunes.

El fundamento de los expertos electorales se basó en la prohibición que expresa la Carta Magna en su artículo 186 incisos “a” y “c” que explican que no podrán optar a la primera magistratura los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del binomio presidencial, cuando esté ejerza el cargo.

Esta prohibición alcanza también a los familiares de caudillos ni los jefes de un golpe de Estado, revolución armada o movimiento similar, que haya alterado el orden constitucional, ni quienes como consecuencia de tales hechos asuman la jefatura de Gobierno.

Según Pineda “la decisión del TSE fue lo que la mayoría de magistrados adoptaron”, y la votación de acuerdo con el presidente electoral fue apoyada por Jorge Mario Valenzuela, Julio René Solórzano y Mario Aguilar Elizardi; solo María Eugenia Mijangos razonó su voto.

El Pleno de magistrados anuncio la no inscripción de Zury Ríos luego que el pasado fin de semana, el Registro de Ciudadanos a cargo de Leopoldo Guerra, negó la misma solicitud bajo el mismo fundamento que hoy dieron a conocer los cuatro magistrados del TSE.

El artículo 247 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, establece que la candidata a la Presidencia por ViVa puede solicitar un recurso de revisión, el cual deberá interponerse ante el mismo tribunal electoral dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación, para que sea resuelto dentro de los siguientes tres días.

Zury Ríos es hija del general retirado José Efraín Ríos Montt que ascendió de la presidencia luego de un golpe de Estado en 1982. El aludido actualmente tiene un caso abierto en los tribunales de justicia por genocidio y deberes contra la humanidad.

VOTO RAZONADO

Durante el anunció de la no inscripción de Ríos, la magistrada Mijangos explicó el razonamiento de su voto diciendo que partió de una interpretación “literal del texto de la Constitución, partiendo de las características del derecho electoral de la interpretación histórico evolutiva; además del principio de equidad que debe prevalecer en las contiendas electorales y de los tratados internacionales”.

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