Edmundo Vásquez
9. Debo dejar sentado que, en principio, favorezco la idea de perfeccionar para bien cualquier situación o estado (en este caso: la institucionalidad ambiental y la vinculada a los recursos naturales que está vigente en el país), una vez que sea ese el objetivo buscado (a); que lo propuesto corresponda técnica y políticamente con ello (b); y que prometa resultados positivos en ese sentido (c). Esto último, significa que sea viable. Y, como lo antes dicho no puede entenderse ni evaluarse afuera de un contexto, debo señalar que, a mi juicio, los criterios suficientes para calificar de “buena” la orientación, están dados por lo que la Constitución dice y preceptúa de manera general (Arts. 1 y 2) y, más específicamente, lo relacionado al patrimonio natural (Art. 64), al medio ambiente y el equilibrio ecológico (Art. 97), a los recursos naturales no renovables (art. 125), a la reforestación y los bosques (Art. 126) y al agua (arts. 127 y 128), entre otros. No se debe olvidar que una constitución es un pacto social que está allí para servir de orientación básica y para ser siempre respetado. Un pacto que, fundamentalmente, sirve para limitar el poder de los gobernantes (M. Duverger, Instituciones Políticas y Derecho Constitucional, Ariel, Barcelona, 1962, p. 26).
10. Históricamente, la actual “institucionalidad ambiental” existente en el país es el producto de arduas décadas de trabajo y perseverancia de diversos grupos y personas que, habiendo reconocido desde hace ya mucho tiempo la importancia y la urgencia de asegurar el mantenimiento del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales como base para la vida y el desarrollo nacional, fueron “abriendo brecha”, entre otros, en el ámbito normativo. Esto es: conquistando los pequeños espacios que se iban dando circunstancialmente para efectos de la institucionalización de la temática, tratando de amalgamarlos entre sí de manera coherente; aun en contra de múltiples fuerzas o intereses adversos. El esfuerzo pionero y esforzado de estos grupos y estas personas, debe reconocerse. Son ellos a quienes se debe el reconocimiento de distintos aspectos de “lo ambiental” como Derechos humanos considerados en la Constitución de 1985. Se trata de una generación de guatemaltecos que no cejó en su empeño y que goza, en la actualidad, de herederos que trabajan en lo mismo. Ellos tienen concepciones e ideas propias, producto de su experiencia en la práctica -en los más distintos campos temáticos y de especialidad-, que deben tomarse seriamente en cuenta para complementar la impresión que puedan tener personas que, inspirados en sus vivencias desde la limitada perspectiva administrativa, pretendan ensayar propuestas para intervenir en el ordenamiento de la institucionalidad.
11. A modo de ejemplo de los logros alcanzados, se puede mencionar la declaratoria de importantes extensiones de tierra como áreas protegidas. En la actualidad éstas, probablemente, ya habrían sido devastadas por los intereses y necesidades de diferentes sectores. No ha sido si no gracias a los aun imperfectos “seguros o candados” normativos que se han podido llegar a establecer, que estas áreas patrimonio de todos los guatemaltecos se han logrado mantener albergando importante riqueza -biológica y en capacidad productora de agua, para mencionar solamente unos de los muchos beneficios que generan-. Ejemplo de ello, es el caso de la importante zona de recarga hídrica “Cerro Alux”, vital para alimentar las capas freáticas de las cuales depende el abastecimiento de un buen porcentaje del agua disponible para la Ciudad Capital. No se debe olvidar, tampoco, la conservación de sitios arqueológicos y monumentos históricos como el caso de Antigua Guatemala -tan importantes para el sostenimiento de la industria turística nacional-; el esfuerzo por mantener limpio y sano el ambiente (indispensable para la salubridad de cualquier zona) mediante la introducción de prácticas de manejo de desechos sólidos y líquidos -pese a la sistemática renuencia de municipalidades y de algunos industriales, empeñados en no entender la necesidad de hacer compatibles sus proyectos con los requerimientos a los que obliga el respeto a los recursos naturales y el medio ambiente, cuando se trata de saber manejar sus efluentes líquidos y ajustarse a los “límites máximos y requisitos mínimos” que señala la ciencia y el conocimiento técnico mundialmente reconocido. En Guatemala, ese reglamento existe, pero nunca se aplica porque desde hace décadas, siempre se encuentran razones para diferir el momento de su entrada en vigor y exonerar a las municipalidades, a las industrias y a los desarrolladores inmobiliarios -principalmente- de su obligación de contribuir a la sanidad del territorio nacional. Se deben reconocer los esfuerzos realizados para proteger los cuerpos de agua, aunque “a contra corriente”: en la actualidad, se estima que más del 90% de ellos están contaminados.
12. Soy crítico de la manera en que se están pensando los cambios, así como también de la forma en la cual se está planteando el cómo proceder para lograrlos. Pienso que es un tema serio que, si se pretende abordarlo de auténtica buena fe y con el sano propósito de establecer una nueva modalidad para que la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales en el país sea más efectiva en su propósito de ofrecer beneficios reales y tangibles a la nación -y no solamente a sectores en particular-, se debe abordar, también, seriamente. Para ello, mi principal recomendación es no parchar o chapucear buscando resolver problemas parciales o los que parecen a la vista como los más patentes, sin antes haber sometido la problemática general a un estudio que la abarque en toda su complejidad; realizado por personas o instituciones que gocen de la suficiente credibilidad y que sepan comunicar los resultados y la conveniencia (e inconveniencias) de adoptar tales o cuales recomendaciones, a toda la ciudadanía interesada. Con el propósito de abrir un auténtico debate público, serio e inclusivo.
13. En un siguiente texto, me referiré, de manera puntual, a las viabilidades que, a mi criterio, debe considerar cualquier propuesta de política, de ley, de programa o de proyecto -en cualquier tema- que se precie de ser seria y que yo no veo que se están tomando en cuenta en el caso de esta batería de propuestas de ley encaminadas a reformar la actual institucionalidad ambiental y de los recursos naturales de nuestro país. Las menciono porque, al leer las “exposiciones de motivos” de las propuestas de ley que he tenido a mi alcance, no percibí ninguna de esas consideraciones (viabilidades) expuesta de manera consistente y convincente.