Por Lourdes Arana
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La magistrada presidente de la Corte de Constitucionalidad (CC) Gloria Porras, dijo a La Hora, que en el certificado médico que se otorgó por el estado de salud del magistrado Neftalí Aldana, se puede apreciar que el togado no debe ser sometido a un cuadro de estrés, esto no significa que esté incapacitado para el puesto, es por esto que se debe evaluar y valorar la decisión que vaya a tomarse, siendo esta la clave en la situación del magistrado Aldana.
“En el certificado médico del magistrado Neftalí Aldana se pueden advertir tres cosas, la primera es que el magistrado Neftalí tuvo un evento que le ocasionó unos problemas de salud, pero que antes esos problemas de salud el magistrado se encuentra recibiendo tratamiento y una de las recomendaciones es que no sea sometido a cuadros de estrés, entonces el certificado no dice que el magistrado Neftalí Aldana esté incapacitado y ese es el punto que nosotros tenemos que evaluar y valorar”, mencionó Porras.
La Magistrada resaltó que antes de convocar a una reunión del pleno, se debe resolver la petición de la familia del magistrado Aldana.
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“Legalmente los magistrados que sean convocados están obligados a acudir, sin embargo, atendiendo a que toda esta situación puede generar dudas en algunos, yo me he propuesto que antes de hacer una nueva convocatoria es importante resolver esta petición que ha hecho la familia, por la paz por la armonía, por la tranquilidad de todos los ciudadanos y de las personas que tienen acciones pendientes de resolver en la CC”.
DEBEN RESOLVERSE AMPAROS SOLICITUD PRESENTADOS POR LA FAMILIA DE ALDANA
Con respecto a los amparos presentados por la familia y la carta de solicitud de suspensión realizada por la esposa del magistrado Neftalí Aldana, la presidenta de la CC, dijo que los amparos tienen que resolverse y que presentó precedentes en un caso de la República de Ecuador en donde se dio un caso similar al de esta Corte.
“Estoy poniendo sobre la mesa precedentes interesantes que existen en respecto de la República del Ecuador en donde magistrados de la CC fueron cesados arbitrariamente de sus cargos y esos casos llegaron a la Corte Interamericana de Derechos humanos que finalmente se pronunció y restableció ese derecho años después”, mencionó.
EL PRECEDENTE DEBE FUNDAMENTARSE CON LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES
La magistrada de la CC finalizó indicando que el precedente que se deje con respecto a la decisión que tomen los magistrados debe ser fundamentada en la Constitución Política de la República y las Leyes actuales que rigen el país.
“Aquí nosotros tenemos que dictar las resoluciones hoy, pero viendo hacia el futuro, el precedente que vamos a dejar en la Corte y las consecuencias legales que tendría uno al hacer una decisión si no la fundamenta uno adecuadamente en la Constitución y en las leyes del país”, puntualizó.
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PORRAS SE INHIBIÓ DE CONOCER AMPAROS DE LA FAMILIA DE ALDANA
La presidente de la CC, Gloria Porras, dijo que, por emitir sus puntos de vista sobre el caso, se le ha inhabilitado para conocer los amparos que involucran la solicitud de la familia.
“Como hice una presentación pública del tema y expuse mis puntos de vista, me han inhabilitado para conocer un amparo que fue presentado a favor de él, señalando los acosos y las vejaciones de que está siendo objeto, no necesariamente por mí, sino por los procedimientos que se han instaurado en contra de él a través de las exhibiciones personales”.
La familia presentó este viernes una solicitud de suspensión del magistrado Aldana y otro amparo para cesar las funciones del togado, sin embargo, este último tampoco será conocido por Porras.