Por Margarita Girón
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El en Diario Oficial, se publicó hoy el Decreto Gubernativo 8-2020 en el que el Organismo Ejecutivo prorroga por 30 días el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública debido a la emergencia del COVID-19. De ser ratificado por el Congreso de la República, la medida entraría en vigencia el próximo 6 de mayo, ya que, el primer estado de calamidad fue decretado por el presidente Alejandro Giammattei el 5 de marzo, previo a que se detectara en el territorio nacional el primer caso de coronavirus.
Según se detalla en el Acuerdo, a la fecha, los efectos, consecuencias y propagación del coronavirus persisten y van en aumento. Además, agregan que la vida y la salud de las personas es un derecho fundamental que el Estado de Guatemala debe garantizar, por lo que es esencial que se sigan tomando las medidas establecidas para evitar consecuencias graves para la población.
“Se hace necesario continuar con el fin del Estado que es lograr el bien común, velar por la salud, el bienestar y la seguridad de las personas y ello hace necesario prorrogar el estado de calamidad pública que vence el 3 de mayo”, señala el Acuerdo.
Con la prórroga, se autoriza la compra o contratación de bienes o suministros por importación que se encuentren relacionados con el Estado de Calamidad, las cuales, según detallan, se harán bajo la responsabilidad de las autoridades superiores de las distintas dependencias del Estado.
En el Diario Oficial se publica hoy la prórroga por 30 días del Estado de Calamidad Pública por la emergencia del coronavirus COVID-19. pic.twitter.com/PpPkisTt8G
— Diario La Hora (@lahoragt) April 29, 2020
“El Instituto Nacional de Estadística (INE), a solicitud de las entidades requirentes, conformará inmediatamente una Comisión para verificar que los precios de los bienes y suministros a importar estén por debajo del precio del mercado local o que sean convenientes a los intereses del Estado”, puntualiza el Acuerdo.
CONGRESO DEBERÁ RATIFICAR ACUERDO EN UN TÉRMINO DE 3 DÍAS
En la publicación se convoca al Congreso de la República para que “inmediatamente, o en su caso, en un término de tres días, conozca, ratifique, modifique o impruebe el Decreto.
“Oportunamente, preséntese a dicho Organismo del Estado, informe circunstanciado de los hechos ocurridos y medidas adoptadas durante la emergencia, así como las justificaciones correspondientes para la prórroga del plazo del Estado de Calamidad Pública decretado”, se lee en la publicación.
En ese sentido, el Organismo Legislativo conocerá la Ampliación del estado de calamidad en la sesión de mañana jueves, en donde podría ser ratificado.