POR KIMBERLY LÓPEZ
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La Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan) presentó una solicitud de derogación del artículo 100 de la Ley del Presupuesto 2017. El principal argumento de la Secretaría es que mediante dicha normativa la gestión actual estaría en la obligación de reconocer una deuda por proyectos ejecutados no pagados en gestiones pasadas, sin tener constancia de su estatus real, así como de las condiciones y términos en que se realizaron las contrataciones.
El artículo 100 de la Ley de Presupuesto General de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2017 estipula la “determinación de obligaciones pendientes de pago de ejercicios fiscales anteriores”.
En esa normativa se establece que, para proceder al pago de obligaciones correspondientes a ejercicios fiscales anteriores, la unidad ejecutora de la institución deudora debe conformar una comisión junto con Segeplan y la Contraloría General de Cuentas (CGC).
Dicha comisión tendría la responsabilidad de “elaborar un inventario de proyectos y obras que presenten obligaciones pendientes de pago y cuyo compromiso conste en los registros del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) y el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
Ese inventario deberá presentarse ante el Congreso y el Ministerio de Finanzas; posteriormente la CGC debería accionar legalmente en los casos que corresponda.
Es decir, quedaría en manos de dichas entidades el reconocimiento y pago de deudas de gestiones pasadas por proyectos que deberían haber sido registrados en la partida presupuestaria del año correspondiente, ejecutados y haber sido registrados como deuda por liquidar.
GESTIÓN ACTUAL LO CONSIDERA ARRIESGADO
Sin embargo, según Miguel Ángel Moir, titular de Segeplan, tanto la CGC como la Secretaría están pidiendo la derogación de dicho artículo debido a que resultaría “arriesgado” para la administración actual reconocer una deuda de proyectos supuestamente ejecutados. Además, señala que es “complicado” verificar el estatus actual en que fueron entregados en cada ejercicio fiscal.
“Se podría estar reconociendo deuda de años anteriores que no sabemos cuál es su estatus real, cuáles fueron las condiciones o términos en que se hicieron las contrataciones de esos proyectos, cómo consta a la unidad ejecutora que esa obra fue entregada en óptimas condiciones, si la dejaron a medias o nunca la hicieron. Determinar eso está muy complicado”, indicó Moir.
De esa cuenta, la propuesta de CGC y Segeplan es que el artículo sea derogado o reformado para darle viabilidad al uso de recursos; de lo contrario, “sería un candado en el presupuesto para la ejecución de obras”.
FINANZAS VE REDACCIÓN CONFUSA
El ministro de Finanzas, Julio Héctor Estrada, indicó que a su parecer uno de los inconvenientes del artículo 100 del Presupuesto 2017 es que tiene una redacción confusa, por lo que afecta a la ejecución de algunos proyectos programados para este año.








