Iniciativa 6809 propone precios tope para combustibles con vigencia de seis meses.
Iniciativa 6809 propone precios tope para combustibles con vigencia de seis meses. Foto La Hora: Shutterstock.

La Comisión de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas, emitió este 16 de septiembre, una de las muchas propuestas presentadas para atender la crisis de los combustibles.

Se trata de la iniciativa 6809, presentada por diputados de la bancada Viva, que plantea combinar una suspensión temporal de impuestos, una exención parcial del IVA y un aporte extraordinario del Estado para establecer precios máximos de venta al consumidor.

La propuesta es suspender temporalmente el 65% del IVA y la totalidad del IDP para aliviar el impacto del incremento en los precios.

La iniciativa ya fue cuenta con dictamen favorable de la comisión que preside el diputado Jeovanni Domínguez. 

La discusión coincide con la aprobación, la semana pasada, del Decreto 21-2026, que establece el mecanismo temporal para contener los precios hasta finales de 2026, además, en un escenario en el que los precios, en el caso del galón del diésel que rebasó los Q50 y el de la gasolinas superior los Q45.

¿QUÉ PROPONE LA INICIATIVA 6809?

La iniciativa plantea una combinación de medidas tributarias y presupuestarias.

El punto central de la iniciativa es la fijación de precios tope para los consumidores. De acuerdo con el texto, después de aplicar las medidas tributarias y el aporte estatal, el precio máximo sería de:

  • Q35 por galón de diésel.
  • Q34.50 por galón de gasolina regular.
  • Q36 por galón de gasolina superior.

La propuesta establece que esos precios serían aplicables en todo el territorio nacional durante el período de vigencia del mecanismo.

Los expendedores tendrían que exhibir de manera visible el precio establecido y, además, mostrar el precio de referencia que tenía el combustible antes de aplicar el apoyo.

La fiscalización se dividiría entre la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y el Ministerio de Energía y Minas,

La SAT verificaría las medidas relacionadas con los impuestos, mientras que el MEM tendría a su cargo la supervisión del cumplimiento de los precios tope y la exhibición de la información en las estaciones de servicio.

Según la exposición de motivos, la propuesta parte del impacto que tienen los precios de los combustibles sobre la economía de los hogares, los bienes y servicios y la canasta básica.

La iniciativa denominada “Ley para el Apoyo Temporal para el Consumo de Combustibles” fue conocida por el pleno del Congreso el 8 de septiembre y remitida a la Comisión de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas para su estudio y dictamen.

El proyecto fue presentado por los diputados Edin Alexander de Jesús Mejía, Gerson Geovany Barragán Morales, Jeovanni Omar Domínguez Orozco, Víctor Vicente Bonilla González y Rudy Berner Pereira Delgado.

 

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¿DE DÓNDE SALDRÍA LA REBAJA?

La iniciativa no plantea financiar todo el mecanismo mediante una transferencia directa del Estado por cada galón vendido.

En cambio, propone una fórmula acumulativa con cuatro componentes.

El primero consiste en suspender temporalmente determinadas porciones del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP).

La suspensión abarcaría las porciones destinadas al Fondo Común del Estado y al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

El proyecto mantiene las asignaciones específicas del impuesto destinadas a las municipalidades: Q0.10 para la Municipalidad de Guatemala y Q0.20 distribuidos entre las demás municipalidades.

El segundo componente sería una exención temporal del 65% del IVA causado en la venta al consumidor final de diésel y gasolinas regular y superior.

La iniciativa aclara que esa exención no se extendería a las etapas anteriores de la cadena de comercialización y distribución. Por ello, no eliminaría el IVA generado en esas etapas ni el derecho al crédito fiscal correspondiente.

EL ESTADO CUBRIRÍA DIFERENCIA

Después de aplicar la suspensión del IDP y la exención parcial del IVA, el mecanismo contempla un aporte extraordinario y variable del Estado.

Ese dinero serviría para cubrir la diferencia que todavía exista entre los efectos de las medidas tributarias y el monto necesario para llegar al precio máximo establecido para cada combustible.

En otras palabras, el aporte estatal no tendría necesariamente el mismo valor durante todo el período.

Su monto dependería de las condiciones del mercado y de cuánto sea necesario cubrir para mantener los precios tope previstos en la ley.

La iniciativa establece que, si existiera una diferencia entre el monto fijo de apoyo mencionado en el proyecto y el precio máximo establecido, prevalecería este último.

El documento plantea como referencia un apoyo de Q12 por galón de diésel y Q10 por galón para las gasolinas regular y superior, pero también establece que el precio tope constituye la determinación que deberá pagar el consumidor.

Q2 MIL MILLONES COMO LÍMITE DEL APORTE 

Para el aporte extraordinario del Estado, el proyecto establece un techo máximo de Q2 mil millones durante los primeros seis meses.

La iniciativa especifica que este límite se aplicaría únicamente al aporte presupuestario directo.

Las medidas tributarias —la suspensión del IDP y la exención parcial del IVA— y los precios tope no quedarían incluidos dentro de ese techo de Q2 mil millones.

Este punto es relevante porque la propuesta distingue entre los recursos que el Estado dejaría de percibir por las medidas tributarias y los recursos que tendría que trasladar directamente para cubrir la diferencia hasta alcanzar los precios establecidos.

RECURSOS SALDRÍAN DE LOS MINISTERIOS

La propuesta establece que el aporte extraordinario no se financiaría mediante nueva deuda pública.

El dinero provendría de las denominadas “economías” generadas por los ministerios durante el ejercicio fiscal 2026. El proyecto define esas economías como los saldos de las asignaciones presupuestarias que no hayan sido comprometidos ni devengados.

Para utilizar esos recursos, el Ministerio de Finanzas Públicas tendría que identificar las economías disponibles y realizar las readecuaciones presupuestarias correspondientes.

La iniciativa señala que esas modificaciones no podrían afectar asignaciones constitucionales ni gastos que ya estuvieran legalmente comprometidos.

Finanzas también tendría que informar mensualmente al Congreso sobre las economías identificadas, las readecuaciones realizadas y la ejecución del aporte extraordinario.

Si el gasto llegara al techo de Q2 mil millones antes de que termine el período, el Ministerio de Finanzas tendría que suspender el desembolso del aporte extraordinario y comunicarlo al Legislativo.

¿QUÉ PASARÍA SI BAJAN LOS PRECIOS INTERNACIONALES?

La iniciativa también contempla una salida anticipada.

El proyecto establece que la suspensión del IDP y la exención del IVA dejarían de aplicarse si el precio de referencia de los combustibles publicado por el MEM disminuye 25% o más respecto del precio de referencia vigente cuando comenzara el mecanismo.

El MEM sería responsable de verificar si se cumple esa condición y emitir el acuerdo correspondiente para declarar el cese de esas medidas.

Esto significa que, de aprobarse el texto en esos términos, el beneficio tributario no necesariamente tendría que mantenerse durante los seis meses completos si los precios de referencia registraran una reducción de esa magnitud.

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SEIS MESES DE VIGENCIA

La iniciativa establece que el mecanismo comenzaría el 15 de octubre de 2026 y finalizaría el 15 de abril de 2027.

También contempla la posibilidad de una única prórroga de hasta seis meses.

En ese escenario, el mecanismo podría extenderse como máximo hasta el 15 de octubre de 2027, siempre que el Congreso apruebe un nuevo decreto antes de que termine el período inicial.

El proyecto establece que una eventual prórroga tendría que fijar expresamente un nuevo techo de gasto para el aporte extraordinario.

¿CÓMO SE RELACIONA CON EL MECANISMO YA APROBADO?

La iniciativa 6809 se conoce después de que el Congreso aprobó el Decreto 21-2026, mediante el cual se creó otro mecanismo temporal para estabilizar los precios de los combustibles.

El decreto aprobado el 8 de septiembre contempla recursos de hasta Q2 mil 500 millones y estableció precios máximos de Q39 para el diésel y para la gasolina regular y Q41 para la gasolina superior. La vigencia de ese mecanismo está prevista hasta el 31 de diciembre de 2026.

De acuerdo con la información oficial del Congreso, el financiamiento del Decreto 21-2026 contempla Q1 mil 280 millones vinculados con devolución de crédito fiscal del IVA y Q1 mil 220 millones provenientes de recaudaciones presupuestarias, dentro de las cuales se incluyeron Q400 millones del Fondo para Proyectos Viales Prioritarios.

La iniciativa 6809 plantea una estructura diferente.

Mientras el decreto vigente establece precios máximos de Q39, Q39 y Q41 para diésel, regular y superior, respectivamente, la iniciativa bajo análisis propone Q35, Q34.50 y Q36.

También cambia la forma de financiar la diferencia: el proyecto 6809 plantea combinar suspensión de impuestos, una exención parcial del IVA y un aporte extraordinario de hasta Q2 mil millones proveniente de economías presupuestarias de los ministerios.

Por ahora, ambos mecanismos deben distinguirse: uno corresponde a una norma aprobada por el Congreso, mientras que el otro es una iniciativa que se encuentra en proceso de análisis y dictamen.

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EL CONTEXTO DE LOS PRECIOS

El debate legislativo ocurre mientras los precios internacionales del petróleo continúan influyendo sobre el mercado guatemalteco.

El MEM explica que Guatemala depende de la importación de derivados del petróleo y que los precios internos están determinados por factores como el precio internacional de los productos refinados, costos de importación, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización e impuestos.

La cartera también mantiene un monitoreo periódico de los precios en estaciones de servicio para informar sobre su comportamiento.

El incremento registrado durante septiembre ha colocado nuevamente el precio de los combustibles entre los principales temas económicos del país, debido a su efecto sobre el transporte y los costos asociados a la movilización y distribución de mercancías.

El Gobierno, por su parte, también ha planteado mecanismos para atender el incremento. El presidente Bernardo Arévalo había anunciado previamente una propuesta para establecer un precio máximo al consumidor, enfocada inicialmente en el diésel, con un mecanismo estatal para cubrir la diferencia cuando el precio internacional superara ese nivel.

Posteriormente, el Congreso aprobó el Decreto 21-2026, que estableció el esquema actualmente aprobado.

Ahora, con la iniciativa 6809, el Legislativo analiza una fórmula adicional que incorpora una combinación de medidas tributarias y presupuestarias y que propone precios máximos distintos.

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EL SIGUIENTE PASO ES EL DICTAMEN

La Comisión de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas debe continuar con el análisis de la iniciativa 6809 antes de que esta pueda avanzar dentro del proceso legislativo.

El documento elaborado para el dictamen plantea que la comisión considera procedente emitir un dictamen favorable con modificaciones. Entre los cambios incorporados se encuentran la definición del período de aplicación, los precios máximos, el mecanismo de financiamiento, el techo de Q2 mil millones y las reglas de fiscalización.

La eventual aprobación del dictamen no significa que la iniciativa se convierta automáticamente en ley. Después de esta etapa tendría que continuar con el trámite legislativo correspondiente y ser conocida por el pleno del Congreso.

Mientras tanto, el debate sobre los combustibles continúa abierto, con distintas propuestas que buscan responder a un mismo problema: cómo atender el incremento de los precios y su impacto económico, sin perder de vista el costo fiscal y la duración de los mecanismos que se adopten.

PRECIO SIGUE SUBIENDO

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) reportó que, entre el 31 de agosto y el 7 de septiembre, el precio promedio en el área metropolitana, en modalidad de autoservicio, aumentó de Q40.58 a Q43.06 para la gasolina superior; de Q38.64 a Q40.93 para la regular; y de Q44.71 a Q46.37 para el diésel.

En los días siguientes, los precios continuaron bajo presión. El monitoreo mostró estaciones donde el diésel superó los Q50 y la gasolina superior se acercó a Q45, en medio del incremento internacional del precio del petróleo.

Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
Jenniffer Véliz
Periodista profesional formada en la Universidad de San Carlos de Guatemala. Interesada en contar historias desde la investigación, el análisis y las voces de quienes las viven. Enfocada en explicar la realidad social guatemalteca más allá de lo evidente
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