A partir del martes 5 de abril entra en vigencia el subsidio que brindará un aporte de Q2.50 al galón de gasolina regular y Q5 al de diésel, durante un periodo de dos meses, luego de la publicación este lunes del Reglamento para la aplicación de la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular, aprobada el pasado 15 de marzo.
En el presente reglamento el MEM explica el procedimiento para los importadores de combustibles, mientras el martes la cartera publicará el Acuerdo Ministerial sobre los precios y las disposiciones para que los usuarios puedan tener acceso a este beneficio al adquirir el producto en las gasolineras del país.
Además, el MEM dio a conocer los precios de referencia por galón, en el área metropolitana para este lunes 4 de abril son los siguientes:
Regular: Q38.29
Diésel: Q37.60
REQUISITOS PARA EL SUBSIDIO
La normativa establece que los importadores de diésel y gasolina regular deben contar con licencia de importación vigente, que se encuentren registrados como tal en la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del MEM con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley, la cual no debe estar suspendida.
Los importadores de productos petroleros deben estar afiliados al Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL), e incluir en la descripción del Documento Tributario Electrónico que se emita, el código que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) le proporcionará para reflejar en el precio de venta en terminal, la disminución del monto correspondiente al apoyo social temporal.
MONITOREO DE PRECIOS
Asimismo, advierte que el MEM regulará los aspectos relacionados a los precios máximos de referencia para el consumidor, en terminal y en su forma de publicación. Es decir que, para optar al apoyo social temporal, el importador debe cumplir con los precios máximos de referencia en terminal.
FORMA DE PAGO
Los importadores deben contar con una cuenta de depósito monetaria registrada ante la Tesorería Nacional del Ministerio de Finanzas Públicas, para que el MEM pueda efectuar la gestión de pago a través del Comprobante Único de Registro (CUR).
Asimismo, la SAT debe remitir un informe semanal a la DGH que incluya el monto descontado por cada importador en concepto de apoyo social temporal; la DGH lo verificará en el ámbito de su competencia y lo remitirá posteriormente a la Unidad de Administración Financiera del Ministerio de Energía y Minas para iniciar con el proceso del pago.
El primer pago se efectuará en la tercera semana del mes de abril y el último, a más tardar 15 días después del último reporte remitido por SAT.
VERIFICACIÓN Y SANCIÓN
Con el fin de asegurar la implementación del apoyo social temporal, el MEM, a través de la DGH, el Ministerio de Economía, por medio de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) y la SAT verificarán el traslado del apoyo social temporal del importador a la estación de servicio y de ésta al consumidor.
Tanto para las verificaciones de oficio como denuncias que se reciban relacionadas al incumplimiento del subsidio, el Equipo de Verificación procederá con la revisión correspondiente.
Para imponer las sanciones establecidas en la Ley, la Diaco tomará en consideración los informes que el MEM le traslade, así como los inventarios y las facturas de compra y venta del diésel y gasolina regular.
PRODUCTO EN INVENTARIO
“Los titulares de licencia de operación de estación de servicio que tengan inventario de diésel y gasolina regular a la entrada de vigencia del apoyo social temporal, no están obligados a aplicar el beneficio del apoyo social temporal y no están sujetos a aplicar el precio máximo de referencia al consumidor hasta agotar dicho inventario”, detalla el reglamento.
En el caso anterior, se debe acreditar la cantidad de producto adquirido mediante factura de compra, lo cual será verificado y avalado por el Equipo de Verificación, a fin de determinar a qué producto le es aplicable dicho beneficio.
Además, las estaciones de servicio deben aplicar el beneficio hasta agotar el inventario del producto adquirido durante la vigencia del apoyo social temporal.
#PORTADADEHOY Créditos CHN/pandemia: ven que secreto no aplica? [https://t.co/Ot4IApOMIE] pic.twitter.com/AD5AKwiQ6c
— Diario La Hora (@lahoragt) April 4, 2022