Alfonso Mata
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En nuestras tierras, las primeras descripciones de trastornos graves de personalidad y conducta aparecen con los cronistas. Pero es con el advenimiento de las modernas metodologías de exploración in vivo del cerebro, que se ha podido estudiar la arquitectura anatómica y funcional que subyace en las más que variadas actividades cognitivas, incluidas las funciones mentales complejas y elusivas, como la experiencia emocional, el control del comportamiento, la planificación, el pensamiento abstracto, el juicio moral, la distinción entre el bien y el mal.

Tomados en conjunto, los resultados de las investigaciones muestran que nuestras funciones mentales sofisticadas, están relacionados con la actividad de las estructuras cerebrales específicas, ubicadas en su mayoría en el lóbulo frontal. La comparación entre los individuos sanos, libres de perturbaciones de conducta social y delincuencia, con individuos con estos problemas, ha puesto de manifiesto diferencias significativas tanto en la densidad neuronal, como en la respuesta funcional a los estímulos emocionales, de la corteza frontal y en otras estructuras cerebrales, que desempeñan un papel fundamental en la experiencia emocional, en el control del comportamiento y en el cumplimiento de las normas sociales. Estas observaciones, plantean la cuestión de si la acción criminal, puede ser una expresión o incluso una consecuencia, de anomalías de la misma morfología y / o función cerebral.

Pero en la conducta no todo es el cerebro, hay que tomar en cuenta otros rumbos y condiciones también –nos advierten los científicos sociales y biólogos, a fin de no caer en conclusiones como “ya venía así” ante el acto delictivo. En ese sentido, gracias a los avances en la decodificación del genoma humano, comenzamos a comprender el papel del patrimonio genético al configurar no solo los rasgos físicos, sino también las características de la personalidad, así como el riesgo de desarrollar patologías del cuerpo o la mente. Estudios muy recientes, han demostrado que la presencia de ciertos alelos genéticos, pueden asociarse con un riesgo significativamente mayor de desarrollar un comportamiento antisocial y de cometer actos delictivos. Si sumamos a la estructura y funcionamiento del cerebro la genética, el: “así venía, por eso hace y actúa así” no es válido tampoco, falta el substrato en que se realiza el acto que es el ambiente social.

La nueva evidencia de la neurociencia y la genética molecular, ha dado impulso a la cuestión de cuánto el individuo es verdaderamente libre y responsable de sus acciones o cuánto está determinado en sus acciones. Como es bien sabido, la suposición del sistema criminal es que el individuo tiene libre albedrío, y es capaz de comprender el significado y las consecuencias de sus acciones y decisiones. Esta es la base del concepto mismo de imputabilidad (de culpar), que caracteriza el sistema legal de retribución, típico de todas las sociedades avanzadas. Es casi universalmente reconocido, que la incapacidad de comprender (por daño biológico o psíquico) muchas veces representa una razón válida para la exclusión o reducción de la pena, pero también del diagnóstico y control del problema biológico del individuo. Por estas razones, una persona afectada, por ejemplo, por una enfermedad que compromete las funciones de los lóbulos frontales, funcionamientos cerebrales, ya sea como resultado de un proceso neurodegenerativo, o un tumor, o un trauma accidental, generalmente no se le vuelve responsable en el caso de comportamiento desinhibido, irrespetuoso de las normas y leyes sociales, ya que no es responsable de sus acciones.

Pero el argumento de arriba necesita más elaboración, la pregunta es en realidad más compleja. Si el control de los impulsos y del comportamiento se debe a circuitos nerviosos precisos, ¿no es concebible que cualquier alteración de estos circuitos -congénita o adquirida, morfológica o funcional, psicológica social o ambiental?- pueda conducir a un comportamiento anormal en un momento dado, que escapa al control intencional del individuo, incluso en ausencia de una fenomenología clínica más articulada y evidente.

Cabe entonces pensar, que las manifestaciones anormales del comportamiento, une muchos circuitos biológicos, sociales psicológicos, sin afectar significativamente otras esferas de las funciones cognitivas y, por lo tanto, dan lugar a una sintomatología clínica de sensaciones anormales y no habituales de los sentimientos, cosa que en una enfermedad o un trauma o por cualquier evento patológico es constante.

El quid de la cuestión de declarar culpable, entonces, radica en la capacidad de «resolución diagnóstica», es decir, en la capacidad que el sistema judicial tiene para identificar las alteraciones subclínicas responsables de las manifestaciones patológicas de la conducta y del estudio del papel del individuo en la sociedad. Esta capacidad de resolución de diagnóstico, es el foco sobre el cual la mano judicial se mueve entre Mal moral y Mal natural. Aquellos que cometen faltas en contra de las normas morales y sociales, lo hacen como resultado de una elección consciente y voluntaria, porque deciden ser malvados y solventar deseos insatisfechos de forma consciente; mientras que mal natural son las circunstancias propias e inherentes a una constitución alterada por nacimiento o por enfermedad.

Un problema continuo en el debate biología-ambiente, es la actitud de la sociedad ante los actos de delincuencia y eso plantea cuestiones a veces conflictivas. El cleptómano, por ejemplo, generalmente se considera una persona enferma, es decir, una persona incapaz de resistir el impulso irresistible de robar. Esto se aplica tanto a la jurisprudencia como al pensamiento común, aunque actualmente no existe una anomalía cerebral reconocida asociada con este comportamiento antisocial. Por otro lado, un pedófilo es casi universalmente considerado un perverso maligno, incluso en aquellos casos en que el acto pedófilo surge como un comportamiento completamente nuevo y disonante, en comparación con el comportamiento anterior, y que encuentra una explicación de causa y efecto en un tumor cerebral por ejemplo, a este caso se le da más alta condena, incluso si se sabe que extrayendo el tumor se eliminan los impulsos pedofílicos.

En el primer caso, probablemente la discrepancia discordante entre la «ventaja» derivada del robo de un objeto de poco valor y las consecuencias derivadas de ser capturado en el acto, lleva a la mayoría de la gente a pensar que el delincuente no puede ser sino un «enfermo», incapaz de hacer lo contrario. En el segundo caso, sin embargo, la satisfacción de un impulso sexual desviado, se considera principalmente como una elección consciente y voluntaria del delincuente. No hay duda de que el alcance del crimen y el consiguiente daño social, en los dos casos son infinitamente diferentes, pero este no es el punto del asunto. En la mayoría de los casos, de hecho, las dos situaciones tienen un punto en común: tanto el cleptómano como el pedófilo persistente, no son capaces de hacerlo de otra manera frente a un impulso irresistible, que no es controlable con la fuerza de la razón.

Como ser animal, el hombre es conducido naturalmente a la búsqueda de la satisfacción de los instintos. Cada acto que favorece nuestra supervivencia y el de la especie (comer, tener relaciones sexuales, dormir, entre muchos otros) es gratificante y, como tal, se persigue activamente. Necesidad y gratificación, son dos actos que no necesariamente tienen lugar en la misma forma e intensidad en todos. Sabemos que hay personas que sienten una mayor necesidad de gratificación, sin embargo la recompensa, los satisface menos que a otros, lo que les lleva a una continua búsqueda de nuevas situaciones, más allá de su hacer y comportarse cotidiano. ¿Se puede realmente creer que estos sujetos con este tipo de comportamiento, les hace conscientes de su significado y plena capacidad de actuar de otra manera; es decir, en plena posesión de su propia voluntad?

A partir de los conocimientos actuales de neurociencia, hemos aprendido que en una familia en sus miembros, alguno o algunos pueden tener un cierto elemento genético en lugar de otro, que aumenta en él significativamente el impulso de buscar situaciones extremas, incluso fuera de la ley y por lo tanto la probabilidad de cometer actos antisociales en esa persona o personas es más alto. Pero también hemos aprendido que poseer una característica genética determinada, no es ni condición suficiente ni necesaria para que el individuo manifieste un comportamiento antisocial; en otras palabras, no hay determinismo biológico para las fechorías, pero aumenta enormemente la probabilidad ante situaciones sociales y psicológicas que las favorece y potencializa la acción de la anomalía y la pregunta se vuelve entonces ¿Qué tan relevante es todo esto para el concepto mismo del libre albedrío y la responsabilidad legal?

Las sentencias de las Cortes modernas actuales, tienen en cuenta los elementos de la función cerebral alterada (por enfermedad) y la vulnerabilidad genética, al mismo tiempo que los resultados reportados en las evaluaciones sociales y psiquiátricas de los acusados. Esta forma de enfocar los actos delictivos y antisociales, está generando la apertura de un debate a nivel internacional, a fin de hacer interactuar los aspectos biológicos del acto delictivo con los psicológicos y sociales y encausar un mejor dictamen pero también está cambiando la forma y conceptos de ver la delincuencia, como problema de salud.

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