Carlos Rolando Yax Medrano
Para que todos los depositarios del poder público cumplan su cometido al servicio de la justicia social, de la participación política, de la seguridad y el desarrollo integral de la persona es imperativo que se fortalezca de manera democrática la participación ciudadana en la representación política.
El poder es la expresión de la voluntad ciudadana a través de los derechos políticos. La voluntad ciudadana entendida como el poder político absoluto y perfecto, referida en el artículo 141 de la Constitución Política de la República de Guatemala como soberanía, radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Al respecto complementa el artículo 152, que establece que el poder público proviene del pueblo, que su ejercicio está sujeto a las limitaciones señaladas por la ley y que ninguna persona, sector del pueblo, fuerza armada o política, puede arrogarse su ejercicio.
El Estado de Guatemala se configura, conforme al artículo 140 de la Constitución Política, como una sociedad cuya forma de gobierno es, además de republicana, democrática y representativa. Respecto a la titularidad del poder político, se le ha asignado al pueblo conforme a los principios democráticos y, respecto al ejercicio del poder político, se ha determinado que el pueblo lo delega en representantes que conforman a los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Pero los guatemaltecos se han visto encerrados en una democracia que se limita exclusivamente a las elecciones. Cada 4 años, o el tiempo establecido para votar, los pocos que se ocupan en hacerlo, eligen a quienes representan a todos los ciudadanos. Reducir la democracia al sufragio es la debilidad que nos impide fortalecerla, porque al haber elegido a sus representantes, los guatemaltecos se desentienden del ejercicio del poder del que son titulares, relegando la soberanía popular a un nivel inferior de importancia y si la élite de poder ha cooptado los espacios de representación para satisfacer sus intereses, la única manifestación de democracia que tenemos, el sufragio, se convierte en mero formalismo.
Los ciudadanos debemos entender que el poder no consiste sólo en titularidad sino en ejercicio y que aunque deleguemos el ejercicio del poder en representantes, también podemos revocarlo. Procede, ahora, concientizar a la población acerca de la importancia de su participación en los procesos políticos, para promover cambios sociales que beneficien a más individuos mientras más individuos se involucren.
La elección de Mynor Moto en el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y su designación para ocupar la magistratura vacante en la Corte de Constitucionalidad es el resultado de la democracia cuando se limita a elecciones. Pero, en lugar de pensar en la manifestación de la inconformidad ciudadana como nuestra desgracia, debemos asumir la defensa de nuestra democracia como un deber. Debemos trabajar, siempre, por la recuperación de lo público, aunque a veces parezca que está más perdido que nunca.