Oscar Clemente Marroquín
ocmarroq@lahora.com.gt

La inmunidad se entiende como la garantía de que quien goza de tal derecho no puede ser sometido a proceso sin que previamente los órganos competentes declaren que ha lugar para la formación de causa. Ya ese privilegio es considerado excesivo por la forma en que se ha ido incrementando la lista de los funcionarios que gozan del derecho de antejuicio, pero cuando entendemos que ni siquiera pueden ser objeto de investigaciones y que los entes encargados de la persecución penal no pueden realizarlas, nos damos cuenta que hay una absoluta aberración alrededor de esa protección legal que se otorga a muchos políticos con funciones públicas.

Una cosa es que no se pueda iniciar proceso penal contra un funcionario y otra muy distinta que nadie pueda siquiera indagar, no digamos investigar, la posible comisión de hechos delictivos. Y se dirá que a pesar de la inmunidad se pudo lograr el procesamiento de personas como Pérez Molina y Baldetti, además de otros funcionarios también protegidos por esa “garantía”, pero hay que ver que todos ellos cayeron como consecuencia de investigaciones realizadas en contra de personas que no tenían inmunidad en las que fueron implicados por pruebas que no eran directamente las que andaban buscando los investigadores. Escuchas telefónicas en las que se hablaba del papel de cada uno de los funcionarios en redes delictivas como la del contrabando en La Línea, fueron cruciales para aportar suficientes elementos para llevarlos a presentar su renuncia y con ello abrir la puerta a los juicios correspondientes.

El antejuicio tiene que ser una de las estructuras dentro de nuestra legislación que debe ser sometida a profunda revisión. De hecho la propuesta de reformas constitucionales para el sector justicia ya lo contempló pero todo quedó en el cesto de la basura porque el Congreso no dio trámite a lo que se había consensuado entre distintos sectores sociales y justamente el tema del antejuicio fue uno de los que más resquemor causó entre los legisladores que sintieron la necesidad de asegurar la continuidad de ese desmesurado privilegio.

Es obvio que Guatemala deberá reformar normas constitucionales por lo menos en lo relacionado con el sector justicia porque se debe asegurar, mediante la conformación de las Cortes, un sistema en el que no haya cabida para la cooptación por grupos de poder fáctico y oculto que son los que han dirigido en las últimas décadas todos esos procesos. Pero el tema del antejuicio y la inmunidad de los funcionarios tiene que ser objeto de una más detallada revisión y tenemos que ver cómo en casi todos los lugares del mundo esa vieja costumbre de blindar a los gobernantes ha ido desapareciendo.

Pero repito que lo más grave en el caso de Guatemala no es simplemente que antes de la formación de causa deba existir una autorización de autoridad superior, sino el hecho de que la inmunidad impide hasta que puedan realizarse investigaciones, lo que hace que los funcionarios se sientan ya no sólo inmunes sino que absolutamente impunes.

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