Aroldo Pérez
@perezaroldoo

Ya que el Gobierno y empresarios están negando la existencia del pueblo xinka, me surgió la inquietud de verificar cómo me tiene registrado el Registro Nacional de las Personas (Renap). Consulté y confirmé la semana pasada que no aparezco ni como maya, ni mestizo/ladino, ni xinka, ni garífuna; esto porque el Renap asentó la pertenencia étnica en las solicitudes del Documento Personal de Identificación (DPI) no desde el 2009 sino hasta en diciembre 2014, cinco años después y a esa fecha ya habían emitido 9 millones 176 mil 560 DPI.

Cuando tramité mi DPI en 2011 aún no preguntaban sobre nuestra identidad étnica, al ir ahora al Renap quise actualizar esa información para registrarme como maya k’iche’ pero el proceso no es sencillo y es caro, aunque mi DPI vence en 2021 tenía que pedir una reposición de DPI (Q85.00) y presentar una certificación de nacimiento (Q15).

El Gobierno de Jimmy Morales basándose en la información inexacta del Renap manejada durante el Gobierno corrupto de Otto Pérez justifica que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) no realizó una consulta comunitaria previa a la aprobación de las licencias “Juan Bosco” en abril 2012 y “Escobal” en abril 2013 para Minera San Rafael S.A. de la canadiense Tahoe Resources, porque supuestamente no existía población indígena xinka en el área de influencia de dichos proyectos, ¡pero el Renap en esos años aún no registraba la pertenencia étnica de los ciudadanos!

Es cuestionable que el Gobierno de Guatemala y la minera solo consideren a la población del municipio de San Rafael Las Flores como área de influencia para la licencia de explotación LEXT-015-011 de su mina “Escobal”, cuando el área es mucho mayor ya que la otra licencia de exploración LEXR-089-08 llamada ‘Juan Bosco’ abarca en total cuatro municipios: Mataquescuintla del departamento de Jalapa, Nueva Santa Rosa, Casillas y San Rafael Las Flores, del departamento de Santa Rosa. Solo en San Rafael Las Flores, en 2016 había 6 mil 674 xinkas según el Parlamento Xinka. Durante el Censo 2002 del INE muchos xinkas por el racismo se habían autoidentificado o fueron encasillados como mestizos/ladinos.

Las consultas comunitarias establecidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) solo deben ser reglamentadas para reforzar su sentido, que es que los pueblos originarios puedan decidir sobre proyectos que puedan afectar sus tierras y modo de vida. El artículo 6 del Convenio 169 indica que la consulta comunitaria tiene como fin “llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento” sobre un proyecto. El pueblo guatemalteco ha rechazado la minería en varias consultas comunitarias o municipales en todo el país, sería mejor ya pensar en seguir el ejemplo de El Salvador que este año ha legislado prohibiendo la minería de metales, han hecho un análisis de costos/beneficios y al final llegaron a la conclusión de que el agua le gana al oro.

Los xinkas ahí estaban, resistiendo a que se les niegue, a que les roben, ahí han estado por siglos y seguirán estando aunque un DPI no lo diga.

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