Francisco Cáceres Barrios
caceresfra@gmail.com

Los guatemaltecos llevamos tiempo de apreciar que las instituciones como el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- se ríen de los apercibimientos, solicitudes o reclamos que hacen entidades como la Procuraduría de los Derechos Humanos o los mismos afiliados y beneficiarios de sus programas para poder recibir lo que en derecho les corresponde. Sí, ellos no están pidiendo un favor, dádiva o limosna, están en su legítimo derecho de exigir lo que distintas leyes de trabajo y seguridad social les otorgan, pero no hay modo que los atiendan, que los escuchen o que reciban los servicios que merecen oportunamente, porque al quedarse sin sus prestaciones en dinero, servicios o especie corren enormes riesgos, incluso perder la vida o agravar sus padecimientos en cualquier momento.

De ahí que sostenga el criterio que ya es hora de deducirle responsabilidades a quienes por su mala administración, incapacidad, negligencia o indiferencia siguen permitiendo que enfermos de cáncer, por ejemplo, por no recibir la dosis adecuada o por la ausencia total de medicamentos, salgan afectados en su salud por no seguir el esquema de su debido tratamiento. ¿Y qué decir de los miles de trabajadores que durante largos períodos de tiempo contribuyeron al programa Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) cuando pasan días, meses y hasta años sin que por la burocrática e ineficiente administración puedan empezar a pagarles sus pensiones a las que sobradamente tienen derecho?

El IGSS fue creado como una institución con plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, cuya finalidad es la de aplicar en beneficio del pueblo un régimen nacional, unitario y obligatorio de seguridad social. Su Junta Directiva es la autoridad suprema a quien le corresponde la dirección general de las actividades a ella encomendadas y así como a los trabajadores y a los patronos se les exige por ley contribuir con sus cuotas para su sostenimiento, a sus autoridades corresponde cumplir con sus claros y precisos deberes.

La ley orgánica del IGSS establece con claridad que los reclamos que formulen tanto patronos como los afiliados deben ser tramitados eficaz y eficientemente, como que en caso contrario deberán concurrir a los tribunales de trabajo y previsión social. ¿Qué pasa entonces con las organizaciones patronales y laborales, las que incluso tienen designados a sus representantes en la directiva de la entidad?, ¿es que son tantos sus nexos o compromisos personales que prefieren seguir cómodamente sentados en sus poltronas directivas, cobrando jugosas dietas pero, desde hace mucho tiempo no han sabido retribuir para nada la confianza que sus respectivas entidades les confiaron? ¿Es que los procesos judiciales recientemente abiertos con motivo de la corrupción descubierta no sirvieron de escarmiento?

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