Danilo Santos

“La práctica es una continua interpretación y reinterpretación de lo que significa la regla, y la regla es realmente lo que la práctica hace de ella”. Es hora de cambiar nuestra práctica en cuanto al lugar que ocupa la población indígena en el conservador y racista “sentido común” que le han moldeado a nuestra sociedad.

La Constitución Política de la República vigente fue promulgada en mayo de 1985 y su primera reforma se realizó luego del autogolpe de Serrano Elías en 1993, se redujo el mandato de la presidencia, se reformó el número de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y, se modificaron las funciones, período y ejercicio de la presidencia del Organismo Judicial.

Las discusiones, negociaciones y acuerdos emanados del proceso de paz, evidenciaron en el contenido de uno de los acuerdos, Acuerdo para el Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática, que una de las grandes debilidades del Estado era su sistema de administración de justicia. A partir de esa realidad se estableció la necesidad de la reforma y modernización, combate y erradicación de la corrupción, garantía de libre acceso a la justicia, imparcialidad y aplicación de la independencia judicial.

La historia constitucional da cuenta de un sinfín de proyectos, constituciones y reformas a las mismas, lo que hacía posible los cambios radicales de normativa o las reformas, era en buena medida la autocracia imperante o los recambios en el poder a través del ejército y la violencia. De 1985 a la fecha, sectores en su mayoría conservadores, promulgan y defienden las reglas que les convienen.

En casi doscientos años apenas se visibiliza a la población indígena en poco más que el artículo 66 de la actual CPR, la “protección a grupos étnicos”. Sin embargo, lo que demanda la realidad es “reconocer, respetar y promover las formas de organización propias de la población indígena, el papel que corresponde a las autoridades de las comunidades, constituidas de acuerdo a sus normas consuetudinarias, en el manejo de sus asuntos” (Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas).

No podemos seguir ignorando la diferencia porque no conviene o simplemente no nos gusta, el número de la población indígena en Guatemala es prácticamente el mismo que la población ladina, por qué entonces solo una cultura se tiene que ver reflejada en el contrato social que ambos grupos observan.

Ignorar a más de seis millones de personas no es una buena escogencia política, económica ni social. “…los agentes sociales obedecen las reglas cuando el interés en obedecerlas las coloca por encima del interés en desobedecerlas” (Bourdieu), las reglas, la Constitución, no son automáticamente eficaces por sí solas, su aplicación y observancia deben ser vistas a la luz de las condiciones y realidad. Ya no estamos en la época colonial o poscolonial, tampoco en los periodos de gobiernos y dictaduras militares, y mucho menos en el contexto de la Guerra Fría.

Lo que algunos han dado por llamar rumores de golpe de Estado parece aludir a una operación de gorilas y corruptos que temen ser depurados jurídicamente, especificadamente por las reformas constitucionales al sector justicia, y usan el nacionalismo y la unidad como escudo para defender su finca ante la inminente debacle. Las reformas son necesarias. No será la izquierda quien los derrote, será la justicia.

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