El pilar de una democracia es, que el pueblo por cualquier medio se exprese. Quien vulnere el derecho de expresión y no cumpla con lo que regula la Constitución y la Ley de libertad del Pensamiento, distorsiona a su favor una genuina democracia cuando efectivamente se cumple el Estado de Derecho sin limitación alguna. La carta magna en su artículo 35 es clara cuando indica que, “es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medio de difusión, sin censura previa…” y el artículo 48 de la Libertad de Expresión dice a la vez que… “los delitos y faltas en la emisión del pensamiento por los medios de difusión serán JUZGADOS PREVIAMENTE por un jurado…”.
El juez Jimi Bremer, ilegalmente sin conocer a fondo las repercusiones que tendría a nivel nacional e internacional, accedió a la solicitud de la fiscal Cinthia Monterroso, certificar lo conducente contra periodistas y columnistas quienes podrían ser “investigados” por obstrucción a la justicia, al señalar en sus notas y opiniones que el encausamiento contra José Rubén Zamora, es ilegal y criminalizar la justicia contra un comunicador que viola la ley. En torno al caso de los comunicadores, la APG rechazó las acciones penales contra los periodistas. La plana mayor del MP encabezada por la fiscal general Porras, el secretario general Pineda y Monterroso, el presidente de la máxima entidad de prensa Barrera, el vicepresidente Recinos y el que escribe esta columna, de la comisión jurídica, asistimos a una reunión con los citados funcionarios y coincidimos en demandar que se rechacen las acciones contra los comunicadores y si habían pruebas para imputarles algún delito por sus opiniones que fuese un jurado de imprenta.
La reunión fue cordial y se concluyó que mensualmente con funcionarios del MP se realice con directivos apeginistas, una mesa de trabajo para disipar cualquier controversia y se concluyó que debe ser el que conozca lo conducente, resolver si procede la denuncia. En aras de una democracia, el caso debe ser rechazado porque no encuadra. Instituciones periodísticas, la SIP y otras de reputación, han elevado sendas denuncias contra el Gobierno y el MP para que se respete la Ley de Emisión del Pensamiento y se rechacen las acciones judiciales contra los periodistas y columnistas. De no hacerlo, Guatemala estará en el ojo del huracán. No es aconsejable que en un período electoral para renovar las instituciones del Estado, se encause a comunicadores que no han cometido ningún delito.
Se espera, así lo creemos, que la fiscal Monterroso y la fiscal Porras, en aras de la paz y la tranquilidad desistan de tal acción y que el juez que conozca el caso lo archive. No hay ningún delito que perseguir, de insistir sería un negro precedente y flagrante violación a la carta magna que protege a los comunicadores. El juez que aceptó la denuncia de la Fiscal de la FECI daría lugar a un antejuicio, por incumplimiento malicioso o por ignorancia, culpable del funcionamiento malicioso o por ignorancia culpable de las funciones públicas que se desempeñan.
Estamos conscientes que el tiempo nos dará la razón y que los funcionarios del MP deben ceñir sus funciones a lo que dice la Constitución y encausar a un comunicador por expresar su opinión es un derecho que está encuadrado en las leyes del país.