Walter Juárez Estrada
El Seguro Social es una de las grandes instituciones que nacieron en el primer gobierno de la Revolución con el pedagogo Juan José Arévalo Bermejo; con el correr de los años se hace imperativo una reforma de fondo a su Ley Orgánica para acelerar los procesos de jubilación de vejez, invalidez y sobrevivencia y romper con el calvario que sufren los jubilados que han alcanzado más de 60 años y demandan que se aplique la jubilación al cumplir con los requisitos que exige el reglamento respectivo, para lograr en el menor tiempo posible esos beneficios, es más aún a pesar de ello el IGGS ha buscado la manera de alargar los plazos para que las personas que tienen derecho a jubilarse tengan que cumplir más cuotas y años de servicio, lo que hace un calvario, sin antes olvidarse que los trámites internos son engorrosos y tediosos para las personas de la tercera edad, poniendo previos y buscando que la se le prescriba el derecho que por derecho se han ganado.
El presidente de la junta directiva de la entidad, José Armando Flamenco Jau y su junta directiva, deben propiciar una reforma de fondo a la Ley Orgánica del Instituto, para hacerla viable y favorecer a los miles de afilados y romper con esa cadena de atrasos que perjudica a los afiliados que por más de seis meses tienen que esperan que le otorguen los beneficios económicos que dice la ley, pero por la burocracia en las dependencias públicas, tienen que esperar varios meses para lograr su objetivo, y una vez logrado hasta pasan casi un año en el pago de las pensiones ganadas con su esfuerzo y trabajo. Cabe recordarle a la Junta Directiva de dicha institución que la misión del IGSS es la de ser la institución líder de la seguridad social, que contribuye al bienestar socioeconómico de la población guatemalteca.
Sabemos que son miles de personas que por su avanzada edad, tienen que sufrir penas económicas por falta de dinero y esperar meses e incluso hasta más de un año para lograr el objetivo y poder gozar de tan ansiada jubilación, pues los expedientes se elevan a la Oficina Nacional de Servicio Civil, para que elabore el dictamen respectivo y se atrasan las resoluciones, en detrimento de los afiliados, por lo que han elevado protestas a los directivos de la entidad para romper con esa burocracia que ha sido una de las grandes falencias que por años se padece en todas las entidades públicas y privadas.
También que hacer notar que por años el Estado, y las municipalidades así como el sector privado, no cumplen con entregar sus aportes al Seguro Social y eso por supuesto, afecta grandemente en la atención de los afiliados, siendo necesario que en todas las cabeceras municipales y en municipios de mayor flujo de población, funcionen centros hospitalarios del Seguro Social para romper con ese calvario que gente de edad avanzada tiene sortear obstáculos para ser atendidos.
Pero la ley desafortunadamente blinda al Estado y a las municipalidades y no se puede accionar por la vía de lo económico coactivo y eso atrasa en esos aportes que suman varios millones de quetzales, imposibilita desafortunadamente al Seguro Social cumplir con el requerimiento de sus millones de afiliados y se espera que el presidente Giammattei como médico y Jefe de Estado, ordene los aportes al Seguro Social, para salir de su crisis económica y así los afiliados puedan lograr mejores beneficios, porque no piden limosa, ni favores, sino que se cumpla con la ley.
Muchos afiliados que han sobrepasado los 60 años de edad, y tienen el derecho de recibir sus prestaciones por vejez, algunos, sobrevivencia e invalidez, reclaman con razón que se aceleren los procesos de jubilación, porque las penurias que viven por falta de dinero, les afecta a ellos, y por consiguiente a sus familias, y debiendo recordarle a la Junta Directiva del IGSS que para el año 2022 dicha institución busca ampliar la cobertura en los servicios de salud y prestaciones pecuniarias con altos estándares de transparencia, calidad y gobernanza y que dentro de sus objetivos institucionales están las de aplicar en beneficio del pueblo de Guatemala y con fundamento en el artículo 100 de la Constitución Política de la República de Guatemala, un régimen nacional, unitario y obligatorio de seguridad social, de conformidad con el sistema de protección mínima y brindar protección y beneficios en los riesgos de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, maternidad, enfermedades generales, invalidez, orfandad, viudedad, vejez, muerte (gastos de entierro); y, los demás que los reglamentos determinen.