Todas y todos los guatemaltecos deberíamos de conocer la constitución política de la República de Guatemala. Porque ahí están todos nuestros derechos y nuestras obligaciones. Una constitución con cambios profundos, entre ellos, evitar que continuara el hecho de que no se dejaba inscribir a ciertos partidos políticos por su ideología o porque simplemente no eran de conveniencia del Gobierno de turno.
Hemos enfatizado en cuál fue la intención y hemos hablado con claridad de la supremacía de la ley electoral y de partidos políticos sobre cualquier legislación ordinaria. Y, hemos sido muy claros en hablar de la intención de la constituyente. Pero, en esta oportunidad quiero mencionar parte de la exposición de motivos que el constituyente, exministro, dirigente político, varias veces presidente de la Corte de Constitucionalidad y expresidente de la República de Guatemala, mencionara como parte de su discurso en reprentacion del pleno, como constancia de lo aprobado y el porqué.
En la Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional Constituyente del 3 de diciembre de 1985 se trataba el tema y la Discusión era sobre: “Despenalización de los Trámites de Inscripción de Partidos Políticos”.
EL REPRESENTANTE ALEJANDRO MALDONADO AGUIRRE expresó literalmente “…estamos por la apertura hacia un Régimen Constitucional que deberá instalarse el 14 de enero de 1986 y los ponentes decían que el proceso democratizador iniciado en el país debe contar con los elementos indispensables de la conciliación, la participación y el reconocimiento de los esfuerzos de las diferentes corrientes políticas y expresiones ideológicas, por lo que se requiere que se den los pasos efectivos para lograr la tranquilidad de todos los sectores partidistas, garantizándoles que en ningún momento serán objeto de actitudes revanchistas o de persecución, especialmente, cuando todos los partidos que intervinieron en el reciente evento electoral lograron un caudal de votos superior al mínimo de cuatro mil (firmas) exigidos por la ley…” “…porque por simples errores mecanográficos empezaron a instruir diligencias de tipo penal…” “…y si en Guatemala se ha admitido amnistía para verdaderos crímenes, para asesinatos, para terrorismos, para actos de sangre, cómo no vamos nosotros a establecer una forma mediante la cual todos los partidos políticos puedan operar sin restricciones, sin temores, sin actitudes revanchistas…” “…En consecuencia, señor Presidente, señores Diputados, la mente de este artículo es generosa; es establecer un sistema de paz y tranquilidad en Guatemala, para que los partidos políticos puedan operar con toda limpieza, sin tener encima una espada de Damocles, que sería un arma para un partido de Gobierno, para poder perseguir a sus opositores…”.
NO SE VALE que sigan mal informando a la población, hablando de que una ley ordinaria está sobre la ley constitucional y en especial hablar de que se cometieron ilícitos de carácter penal, que afectarían el proceso electoral cuando esto no es cierto.
YA ES HORA que quede claro que cualquier persona que cometa un acto delictivo de cualquier índole y sobre todo, de carácter penal, debe ser citado, oído y vencido en juicio. Y de ser culpable, deberá ser condenado de acuerdo a lo que la ley indique, pero que también quede claro que el Derecho penal, como ya lo hemos mencionado muchísimas veces, es de carácter personal, es personalísimo, la condena no tiene por qué afectar al partido político cuando estas observaciones no fueron hechas en el momento preciso y se permitió que dichos partidos participarán en la elección y en algunos casos en varias elecciones.
Como no están investigando solo a Semilla, sino que son varios los partidos políticos que desde hace mucho tiempo enfrentan denuncias en sus trámites, tendría que quedar claro que no estamos defendiendo a Semilla. Estamos defendiendo la Constitución Política de la República de Guatemala, que como mencioné aquí al inicio, tenemos la obligación moral de hacerlo y los constituyentes, tenemos la obligación legal.
Porque en el decreto donde se declaran terminadas las funciones de la Asamblea Nacional Constituyente se establece también como obligación de los diputados a la Asamblea Nacional Constituyente y firmantes de la misma defenderla y divulgarla por todos los medios posibles… Entiendan ¡¡¡NUNCA vamos a dejar de defenderla!!!