Luis Fernandez Molina

luisfer@ufm.edu

Estudios Arquitectura, Universidad de San Carlos. 1971 a 1973. Egresado Universidad Francisco Marroquín, como Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales (1979). Estudios de Maestría de Derecho Constitucional, Universidad Francisco Marroquín. Bufete Profesional Particular 1980 a la fecha. Magistrado Corte Suprema de Justicia 2004 a 2009, presidente de la Cámara de Amparos. Autor de Manual del Pequeño Contribuyente (1994), y Guía Legal del Empresario (2012) y, entre otros. Columnista del Diario La Hora, de 2001 a la fecha.

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Luis Fernández Molina

Para empezar un negocio todo emprendedor debe primero inscribirse como comerciante. En otras palabras nadie, que no sea comerciante, puede registrar y operar una empresa. Dicho “comerciante” puede ser un comerciante individual que equivale a decir persona física y comerciante social que es una sociedad mercantil. En cualquier caso el primer paso que debe dar un comerciante es instalar una empresa.

Empresa. Por empresa, se entiende a un conjunto de elementos idóneos: trabajo, elementos materiales  (bienes) y valores incorpóreos (servicios), el local comercial o establecimiento, la maquinaria y equipo, el giro de las actividades, el nombre comercial, los arrendamientos, los contratos de trabajo, etc.  que se coordinan con el fin mediato de ofrecer sus productos o servicios al público y con el fin inmediato de obtener una ganancia (artos. 655 y 657 CC). La empresa es el vehículo por cuyo medio el comerciante va a desarrollar su actividad.  Viene a ser la combinación o estructura mediante la cual el comerciante se va a poner al servicio del público más o menos de la misma forma que la clínica o el bufete son los medios externos del médico o del abogado. Se considera a la empresa como un bien mueble, esto es, como “una cosa” que puede venderse, enajenarse, embargarse, etc. como cualquier otro bien mueble. Sin embargo no es algo tangible, que se pueda tocar o sentir ya que se trata de una combinación armónica de elementos dispuestos en una misma dirección y orquestados por un comerciante. En otras palabras el valor más destacable de la empresa es esa coordinación de diferentes componentes; como una maquinaria que se integra por varios engranajes que constantemente se mueven en sincronía. Cuando se vende una empresa se trasladan todos sus elementos: el establecimiento, el nombre comercial, el personal (los contratos de trabajo), la maquinaria, el equipo, los derechos marcarios e industriales, “clientela”, fama mercantil, etc.

La autorización para iniciar y operar una empresa se otorga a través de una patente de comercio que autoriza el Registro Mercantil después de realizar el trámite respectivo. El término “patente” es sinónimo de licencia o autorización. Hay patente de comercio de sociedad que viene a ser una “partida de nacimiento” de la nueva sociedad que se ha formado, y hay patente de comercio de empresa que formaliza la constitución de una empresa por parte de un comerciante, ya sea individual o social.

El Código de Comercio contempla varios tipos de sociedad mercantil pero en la práctica casi solo existe la sociedad anónima. A mediados del siglo pasado habían muchos sociedades de responsabilidad limitada pero con el tiempo han ido desapareciendo dando lugar a las sociedades anónimas. La ventaja que tenía la compañía limitada era el acercamiento con los socios, el reconocimiento personal, al punto que la denominación debía llevar los apellidos de los socios fundadores: Ej. “Pérez y Gómez, Cía Ltda.” Por el contrario la sociedad anónima procura, valga la redundancia, el anonimato. En las primeras lo importante eran las personas (por eso se llaman sociedades de personas) y en las segundas se resalta el capital (sociedades de capital). El Código de Comercio contempla también las sociedades colectivas, las encomanditas simples y encomanditas por acciones y las citadas compañías limitadas pero son contadas con la mano el número de ese tipo de sociedad que funcionan actualmente. Hablar hoy de sociedad mercantil es hablar de sociedad anónima.

Cabe señalar que poco a poco los avances tecnológicos se han sabido implementar en muchos trámites del Registro Mercantil. Ello facilita los expedientes y evita las colas. Qué bueno.

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