Gladys Monterroso

licgla@yahoo.es

Abogada y Notaria, Magister en Ciencias Económicas, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Diploma otorgado por la Corte de Constitucionalidad en 2005, como una de las Ocho Abogadas Distinguidas en Guatemala, única vez que se dio ese reconocimiento, conferencista invitada en varias universidades de Estados Unidos. Publicación de 8 ediciones del libro Fundamentos Financieros, y 7 del libro Fundamentos Tributarios. Catedrática durante tres años en la Maestría de Derecho Tributario y Asesora de Tesis en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

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Gladys Monterroso

“La absolución del culpable es la condena del juez” Publio Siro

Guatemala está reconocido como uno de los 15 países más violentos del planeta, durante el presente año, las víctimas de violencia aumentaron en un 8%, porcentaje por demás significativo, cada una de estas muertes violentas tiene una historia detrás, la defunción constituye el final de una vida, y el inicio de una historia de sufrimiento para la familia.

En ese contexto, encuentro a Melissa Palacios, una joven como cualquier otra, con defectos y cualidades, era parte de su existencia su familia, su delito fue vivir, y probablemente encontrarse en su camino personas a las que la vida importa menos que nada, un día cualquiera desapareció, su familia denunció su desaparición, con la dolorosa sorpresa de no volverla a ver  viva, derivado de los indicios que arrojó la investigación, detuvieron a dos personas como presuntos responsables, del crimen cometido en la persona de la jovencita.

Se inició el proceso penal, como diariamente se inician muchos en Guatemala, el Ministerio Público aportó (O eso se sabe) las suficientes pruebas, entre las que se encuentra una conversación electrónica, entre los supuestos responsables, llevada a cabo un día antes de su muerte, los números de celular son los mismos de los detenidos, al leer la conversación no se necesita ser abogado para entender, que acá existe un acuerdo para hacerle daño, mucho daño a alguien.

Un juez no liga a proceso a un detenido, si no tiene suficientes evidencias para hacerlo, y los acusados fueron ligados, sin embargo, y es donde se encuentra el principal problema, el juez decide en contra de la solicitud del Ministerio Público modificar el delito, el proceso contra los imputados continúa, es un primer elemento que llama la atención ¿Por qué el juzgador, con las evidencias con las que cuenta, y en contra de la solicitud del MP, decide modificar los delitos a los imputados, en lugar de dictar falta de mérito? Porque no los considera inocentes, pero los favorece.

El caso sigue contra ellos, pero con un matiz diferente, no existe duda por el momento, sobre su culpabilidad, pero si a las situaciones alrededor de los acusados, a la mujer le modifican a homicidio en estado de emoción violenta, y a el encubrimiento propio, cuando de la conversación se deduce, que no existió la emoción violenta, menos el encubrimiento, hubo una aceptación expresa.

Cabe resaltar, que el homicidio en estado de emoción violenta es un atenuante, pero ese estado es temporal, además de que el autor del delito se deja llevar por sus impulsos momentáneos, sin querer cometer el delito no lo planifica, como de acuerdo con las pruebas presentadas por la fiscalía, y que el juez no valoró para modificar el delito, se demostró que hubo un sentimiento de odio y bajo ese sentimiento se planificó para el día siguiente la muerte de Melissa.

El juez manifestó, que el Ministerio Público no aportó pruebas suficientes, para considerar que se trató de un asesinato, sin embargo, sí existió una intención de cometerlo, se entiende que el crimen contra de la joven fue planeado.

Más allá de las consideraciones legales, las que corresponden a los expertos en materia penal, lo importante y que cabe destacar, es la debilidad del sistema de justicia en general, pero especialmente en el interior del país, debilidad que ha dejado en plena orfandad de justicia, a la sociedad al completo, no sentimos los ciudadanos de este país, que el sistema funcione en lo más mínimo, tanto que con pruebas suficientes si no es el MP, son los órganos jurisdiccionales quienes no cumplen con la función para los que fueron creados, y por lo que reciben un salario.

Hace aproximadamente dos meses tuve una conversación con un joven abogado de Zacapa, sobre las vicisitudes que vivimos en esta carrera, me comentó el caso de una jueza, aplaudida y glorificada, quien, en la judicatura de aquel lugar, conoció de un caso que resolvió de forma por demás cuestionada.

Una pareja se separó, los niños se quedaron con la madre, quien decidió convivir con una nueva pareja, con el infortunio que el niño fue abusado por el conviviente de la madre, el padre presentó la denuncia, se realizó la evaluación al niño, se estableció que el daño existió, sin embargo, la señora jueza premiada por la sociedad, al dictar sentencia resolvió la falta de mérito, el pederasta está libre, impunemente sigue haciendo daño, no al mismo niño, porque el padre por la vía del derecho de familia, logró la custodia y patria potestad, ¿Y la justicia?

La justicia cuando es ciega, sorda y muda no merece llamarse justicia.

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