El derecho viene a perecer menos veces por la violencia que por la corrupción.”
Enrique Lacordaire
El simplismo de argumentos y contenidos, presentados ante el juez penal para “revisar” las actas y los votos, como parte del guion atropellado que se viene ejecutando, hecho que se evidencia al escuchar el audio que ha revolucionado a las redes sociales, en el que en once minutos se argumenta, presenta y resuelve que se “revisen” tanto los votos como las actas del recién pasado proceso electoral, en primera vuelta, solamente para Presidente y Vicepresidente.
La fiscal con un micro razonamiento, explicó que la génesis de su solicitud descansa en el hecho, de que el abogado Giovanni Fratti se presentó al MP, a indicar que tiene conocimiento, por lo que ha visto en los medios de comunicación que, en contra de Semilla existe una suspensión provisional, por lo que, interpone una denuncia el, agrega la fiscal que Fratti, tuvo conocimiento que tal suspensión es producto de una orden judicial dentro de la investigación identificada con la carpeta ministerial MP 001-2022-3864, por lo que la denuncia de mérito se agregó como un antecedente, sirviendo este antecedente para solicitar la autorización para inspeccionar las bolsas que contienen los sufragios y efectuar el conteo de las papeletas para elección de Presidente y Vicepresidente, sin que diga en la audiencia en que consiste la denuncia que originó tal agravio a todo el sistema.
La trivialidad con la que se trata el tema de la denuncia sin entrarla a conocer ni explicar en qué consiste es preocupante, ¿Qué denunció Fratti que oficiosamente se agregó a la carpeta ministerial? Al juez no se le explicó el contenido de la misma, recordemos que se trata de una audiencia oral, en la que se tiene que detallar el sentido de los documentos que se presentan, porque quedará grabada, siendo la grabación la historia de lo sucedido, he escuchado el audio, y la fiscal no explica que denunció el abogado, el juez tampoco preguntó y ese era el objetivo de la audiencia, para que la resolución cumpliera con los principios de tutela procesal efectiva y el debido proceso.
El argumento de la fiscal no tiene relación con la democracia, busca resguardar los fondos públicos, de los que, de acuerdo con la LEPP, se le deben trasladar $2.00, a cada partido a partir del primer año del nuevo ciclo político, no puedo más que preguntarme, ¿Es que solamente a un partido de todos se le pueden haber asignado más votos de los recibidos realmente? Porque no se ha probado aun tal extremo. Es la primera vez en la era democrática, en la que se cuestiona penalmente la integridad de los miembros de las Juntas Electorales. La audiencia tiene carácter preventivo, para evitar algo que pudiera suceder, pero que no ha sucedido, y es que Semilla recibiera $2.00 por voto.
Dice la fiscal “presumir” porque son presunciones, que en las actas que fueron digitalizadas por parte del TSE denominada el documento 5, fueron anotados a Semilla cantidades en votos que no le corresponden, y que consecuentemente, los datos que de tal documento se recogen no son consistentes con el documento número 4 que fue depositado en la bolsa que contiene las papeletas de sufragio para Presidente y Vicepresidente, pregunto ¿Con base en que medios de prueba se presumen esas inconsistencias? Porque derivado de las mismas, ella considera pertinente realizar un reconocimiento e inspección de las bolsas que contienen los votos y efectuar el conteo de las papeletas para elección emitidas, de tal manera que se proceda a confrontar los documentos digitalizados, convirtiéndose el MP en revisor del TSE y de las Juntas que son muchas personas, y de las que se pone en duda su integridad.
La fiscal solicitó la diligencia de allanamiento, inspección, registro y secuestro de los documentos antes mencionados, como los demás que se consideren necesarios para la investigación, como secuestro de computadoras portátiles y de escritorio, y medios de almacenamiento de información, memorias, USB, tabletas o teléfonos que se consideren necesarios para la investigación, además se autorice la extracción de la información de los mismos por lo que solicitó al juez contralor la autorización del allanamiento.
El juez en un minuto autorizó a la fiscalía la práctica de diligencias de allanamiento inspección registro y secuestro de evidencias así como extracción y posterior posible análisis de información que sea necesaria del proceso electoral, mencionando que se deberá respetar la ley y la Constitución.
En once minutos se dio vía libre a ilegalizar la primera vuelta, y que, como resultado, quede sin efecto la segunda, constituyendo el mayor atropello a la democracia.