Gladys Monterroso

licgla@yahoo.es

Abogada y Notaria, Magister en Ciencias Económicas, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Diploma otorgado por la Corte de Constitucionalidad en 2005, como una de las Ocho Abogadas Distinguidas en Guatemala, única vez que se dio ese reconocimiento, conferencista invitada en varias universidades de Estados Unidos. Publicación de 8 ediciones del libro Fundamentos Financieros, y 7 del libro Fundamentos Tributarios. Catedrática durante tres años en la Maestría de Derecho Tributario y Asesora de Tesis en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

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Gladys Monterroso
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“Podemos recuperar el terreno perdido. El tiempo perdido, no.”

Napoleón Bonaparte

En los últimos años, ha aumentado enormemente la cantidad de trámites, (No gestiones) que tienen que realizar los ciudadanos, para obtener prestaciones de servicios necesarios, con el objeto de cumplir con requisitos que le son solicitados, tanto para obtener un empleo, como para crear una empresa, o increíblemente pagar impuestos, lograrlo es de una gran complejidad.

Usted se preguntará como puede suceder esto, si antes de la pandemia, y con ella, la digitalización y la informática se han apoderado de nuestra vida de tal forma, que las reuniones familiares en la Navidad y Año Nuevo fueron por videollamada por WhatsApp, si necesita una medicina se la envían de la farmacia y se la debitan de su tarjeta, quiere comida se la llevan a su domicilio, e incluso a muchos de los enfermos de Covid, los monitorearon por computadora, parece una incoherencia, pero vivimos en el mundo al revés.

El criterio de ventanilla, se ha convertido en el gobierno de ventanilla, hoy usted todo lo tiene que hacer en línea, pero tras la fría pantalla de una computadora, cualquier persona, porque no sabemos si es cualificada o no en el tema que nos ocupa, le deniega cualquier solicitud sin explicación alguna, o con incoherencias en la misma, y usted igual tiene que presentarse a la institución de la que se trate, para que le digan que, tiene que rehacer su expediente bajo determinadas condiciones, que aunque no sean la verdad como usted la interpreta, son las que le exigen.

Una de las instituciones que más problemas da al usuario es el REPEJU, tomando en cuenta que el usuario es el notario, representando este a un administrado, al que le urgen sus documentos, porque en cuestión de gestiones todo urge, esta diligencia se convierte en un verdadero calvario, y es decir poco, ejemplos abundan de las arbitrariedades de este registro, como el hecho de que existiendo un Código de Notariado, establecen requisitos generales y específicos que no están regulados en norma alguna, para rechazar los expedientes, como un mínimos ejemplo, le comentamos que, en una asociación fallece el Representante Legal, llevan a cabo la asamblea y nombran un nuevo representante, por defunción del anterior, que se hace constar, se presenta el acta de asamblea, y los señores rechazan el nuevo nombramiento porque deben celebrar una asamblea para revocar el nombramiento del fallecido, y otra para nombrar al que lo sustituye, ¿En base a qué? A criterio del operador.

El Registro Mercantil, es uno de los registros del horror, usted gestiona todo en línea, pero igual tiene que presentarse a que le sellen el documento para que tenga validez, después que usted hizo absolutamente todo, surge un enorme signo de interrogación,  otra de las situaciones más comunes es la siguiente: Usted usuario  presenta el expediente, lo rechazan, usted se presenta para indagar, lo atiende el policía, que es el interlocutor entre usted y el operador, quien le manda una hoja de rechazo, en la que tiene que adivinar, literalmente, por qué lo rechazaron, adivinando, vuelve a ingresar el expediente, se lo vuelven a rechazar por otro motivo, y así sucesivamente, acá nos encontramos ante varias molestias que surgen del gran problema: Cada rechazo implica tiempo perdido porque no está inscrita su solicitud, tiene que presentarse a recoger y reingresar el expediente, cuantas veces rechacen su solicitud, pero ante todo se frustra porque no le encuentra hoja de ruta a su gestión.

Adicional a lo anterior, no le permiten que haga valer su necesidad o voluntad, le obligan a que restrinja el objeto del negocio que está inscribiendo o la gestión que está realizando,  a lo que los señores del Registro Mercantil le permiten a usted, que, con las tasas que les cancela, paga directamente sus salarios, veamos, a un usuario le rechazaron la inscripción porque la actividad era muy amplia a criterio de los señores del RM, cuando no se encontraba tan restringida la información, me presenté a preguntar como debíamos inscribir una empresa y me indicaron que debía limitar el objeto a una actividad, pregunté por qué, la respuesta literal fue la siguiente: Nuestro criterio es que si va a vender carne, solo tiene que decir carne, no verduras por ejemplo, ¿Qué hago para vender verduras, si se relacionan? Saca otra patente paras las verduras, fue la respuesta; con eufemismos, la posición es clara.

Si los artículos 5 y 43 de la Constitución de la República establecen que se puede hacer todo lo que la ley no prohíbe, y que se reconoce la libertad de industria, de comercio y de trabajo, artículos que deben ser interpretado extensivamente no en forma restrictiva, ¿Con base en que autoridad, estos dos registros y otros, coartan la libertad de los guatemaltecos y extranjeros de invertir o trabajar para Guatemala?

Las instituciones se crean para servir a la sociedad no para servirse de ella.

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