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La nueva disposición del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) de obligar a inmigrantes en situación ilegal residentes en la Unión Americana de utilizar el Formulario G-325 R  de Registro de Información Biográfica está en vigencia

El formulario se emplea para recolectar datos personales, formalizar el registro de personas inmigrantes  que no están documentadas y establece el cumplimiento del requisito obligatorio de huellas dactilares bajo la Sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

Ante la falta de información por parte de los gobiernos de Guatemala, Honduras, El Salvador, Ecuador, Venezuela entre otros, tomé la decisión de explicar brevemente, considerando que será de utilidad conocer y recomendando realice la consulta con un abogado migratorio.

A continuación, se detallan los aspectos clave de este proceso:

  • Propósito: Garantizar que las personas inmigrantes no registradas anteriormente cumplan con el registro estatutario de su presencia en EE. UU. y el requisito de toma de huellas dactilares.
  • Información Requerida: Nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, fecha y lugar de entrada ilegal al país, domicilio actual y antecedentes penales. 
  • Proceso de Presentación: Se debe presentar obligatoriamente en línea a través de la cuenta oficial de USCIS. 
  • Requisitos Adicionales: Al presentar el formulario, el sistema suele solicitar que se programe una cita en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC) para la toma de biométricos (huellas).

A continuación, encontrará los criterios de obligación y la guía paso a paso para realizar el proceso:

¿Quiénes están obligados a registrarse en el formulario G 325 R?

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA)  de EE. UU., exige el registro de los extranjeros que cumplan con lo siguiente: 

Tiempo de estancia: Estar físicamente dentro de los Estados Unidos por 30 días o más

Edad: Tener 14 años de edad o más (los padres o tutores legales deben registrar y crear cuentas individuales para los menores de 14 años). 

Condición de ingreso: No ciudadanos que hayan ingresado a los Estados Unidos sin inspección (cruces no autorizados por la frontera) y que no se hayan registrado formalmente a través de otra solicitud migratoria. 

Excepciones: Quienes ya poseen una Residencia Permanente (Green Card), Residentes Condicionales o personas que ya entregaron huellas y datos mediante otros formularios vigentes (como una solicitud de asilo en curso) no necesitan presentar el G-325R. 

Pasos para crear su cuenta y presentar el Formulario G-325 R

El trámite es completamente digital y no se puede enviar en papel, por lo que debe seguir estas instrucciones: 

Paso 1: Crear la cuenta en línea de USCIS 

  1. Ingrese a la plataforma oficial de la  cuenta oficial de USCIS en el siguiente link: my.uscis.gov.
  2. Seleccione la opción «Sign Up» (Registrarse).
  3. Introduzca su correo electrónico personal y confirme la cuenta mediante el enlace de verificación que recibirá en su bandeja de entrada.
  4. Configure sus métodos de seguridad (autenticación en dos pasos) y cree una contraseña segura. 

Paso 2: Llenar el Formulario G-325 R 

  1. Inicie sesión en su nueva cuenta de USCIS. 
  2. Diríjase a la sección de formularios disponibles y elija «G-325R, Biographic Information (Registration)»
  3. Complete todos los campos solicitados en inglés con sus datos reales (nombres, fecha de nacimiento, fecha y lugar de entrada ilegal a EE. UU. y domicilio actual). 
  4. Revise cuidadosamente toda la información antes de guardarla. 
  5. El formulario solo puede ser enviado directamente por usted desde su cuenta personal (los abogados o representantes no pueden enviarlo en su nombre). 

Paso 3: Envío y Cita de Biométricos

  1. Firme de manera electrónica y presione Enviar. Este trámite no requiere el pago de ninguna tarifa.
  2. USCIS revisará la información y le enviará una notificación a su cuenta.
  3. Si el sistema lo determina necesario, se le asignará una cita obligatoria en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC) para tomar sus huellas dactilares y fotografía
  4. Es indispensable asistir para evitar sanciones civiles o penales. 
  5. Paso 4: Descargar el comprobante oficial
  • Una vez completado el registro y la toma de huellas, USCIS emitirá un comprobante de registro oficial en formato PDF dentro de su cuenta en línea. Es una exigencia legal para los mayores de 18 años NOTA: Imprimir este comprobante y llevarlo consigo en todo momento, ya que sirve como prueba de cumplimiento ante cualquier control de las autoridades de inmigración (ICE) y pueden pedirlo en registro por autoridades migratorias.
  • Nota importante: Recuerde que cumplir con este registro es una obligación de ley para evitar multas, pero no otorga ningún estatus migratorio legal, permiso de trabajo ni beneficios adicionales de residencia).
  • SANCIONES ESPECÍFICAS, SI NO REALIZA REGISTRO 
  • El incumplimiento del requisito de registro obligatorio y las normativas asociadas bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) conlleva graves sanciones civiles, penales y consecuencias migratorias. Las penalidades se dividen estrictamente según el tipo de infracción cometida: 
  1. Por no registrarse o negarse a dar huellas deliberadamente

Si una persona que cumple con los criterios obligatorios decide de forma intencional no enviar el Formulario G-325 R ni acudir a la cita de biométricos en USCIS, incurre en un delito menor (misdemeanor) bajo las leyes federales de Estados Unidos. Las penalidades incluyen: 

Multa económica: Hasta US$5,000.00. Pena de prisión: Hasta 6 meses (180 días) de cárcel. Ambas sanciones: El juez puede aplicar la multa y el tiempo en prisión de manera simultánea. 

  1. Por no portar el comprobante oficial de registro (Evidencia)

Para todos los extranjeros mayores de 18 años residentes en EE. UU., la ley exige estrictamente llevar consigo en todo momento el documento digital (impreso o descargado) que demuestra que ya se registró ante USCIS. Si un oficial de inmigración o de control fronterizo lo detiene y no cuenta con esta evidencia, las sanciones estipulan: 

Multa económica: Hasta US$5,000.00 por cada ocasión detectada. Pena de prisión: Hasta 30 días en la cárcel. Ambas: Dependiendo de la gravedad o reincidencia del caso. 

  1. Por no informar un cambio de domicilio

Una vez registrado en el sistema, toda persona inmigrante  tiene la obligación de notificar a USCIS su nueva dirección dentro de los 10 días posteriores a mudarse. No hacerlo acarrea: Multa económica: Hasta US$5,000.00 Pena de prisión: Hasta 30 días en la cárcel. Causal directa de deportación: Esta omisión faculta directamente al gobierno para iniciar un proceso de remoción de dicho país. 

  1. Por proporcionar datos falsos o fraude

Ingresar información falsa en el Formulario G-325 R de forma deliberada como usar nombres falsos, ocultar antecedentes penales o mentir sobre las fechas de entrada a EE. UU.,  se procesa como un delito penal severo. Da lugar a: Arresto y procesamiento criminal inmediato. Deportación obligatoria y la prohibición permanente de volver a ingresar a los Estados Unidos. 

  1. Consecuencias en futuros trámites migratorios

Si el gobierno detecta que evadió este registro obligatorio, cualquier solicitud futura de visa, asilo, ajuste de estatus, un perdón migratorio o residencia legal de cualquier tipo será rechazada o denegada de forma automática debido al historial de incumplimiento de la ley federal

 Nota de advertencia legal:

Debido a que el Formulario G-325 R recopila información biográfica detallada de personas no documentadas, su presentación puede exponerlo a un escrutinio directo de las agencias de control migratorio si cuenta con antecedentes delictivos previos. Aconsejo realizar una consulta legal con abogado migratorio, para evaluar su situación y recibir el asesoramiento legal correspondiente respecto a este tema.

Fernando Castro

Analista Migratorio guatemalteco. Vice Cónsul de Guatemala y Encargado del Despacho, en el Consulado ubicado en Comitán de Domínguez, Chiapas, México, desde 2018 al 2021. Director de Comunicación Social, Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, CONAMIGUA.

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