Edmundo Enrique Vásquez Paz

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Reconocer la naturaleza de un determinado problema es el más importante avance en la búsqueda de su solución. La experiencia dice que al haber logrado describirlo y caracterizarlo, se habrá consumada la mitad del esfuerzo necesario para resolverlo.

No es tan extraño encontrar en la vida real, casos en los que está en discusión si el ejercicio del poder público se debe conceder fundándose en su legitimidad o en la legalidad establecida en la jurisdicción de la cual se trate. Y cada uno de esos casos   reclama la identificación particular y urgente de una solución razonablemente fundamentada.

Actualmente y sin ir muy lejos, se pueden adscribir a esa categoría el caso de Trump buscando establecer si puede ser candidato o no a la Presidencia de los EEUU; el caso de Bukele, reeligiéndose en El Salvador; así como el generalizado intento de aplicar la llamada “law fare” para obstaculizar gestiones gubernamentales en muchos países que, a mi criterio, construye casos que corresponden a esta clase.

El caso de Guatemala se puede adscribir a esa categoría en tanto que aquí se contraponen dos racionalidades para dilucidar si el ejercicio de un poder público que goza de legitimidad se debe someter o no a un régimen de legalidad formal que persigue inhibir su actuación.

Con el ánimo de aportar algunos elementos para facilitar la ubicación de estos tipos generales de caso en un espacio en el cual se puedan encontrar soluciones racionales que concilien la perspectiva política y la lógica jurídica, transcribo a continuación algunas interesantes reflexiones del profesor José Luis Villar Ezcurra, contenidas en su ensayo “Legalidad y legitimidad jurídica: la equidad como punto de encuentro”, 24 enero 2020/ en Blog, con las que, como él mismo lo apunta al final de su escrito, “espera haber dejado material suficiente para pensar y/o discrepar”.

Reconozco lo inusual de incluir en un artículo personal de prensa una transcripción tan extensa de las palabras de otro autor. Pero tengo una excusa que considero válida: no solo el texto proviene de un experto en la materia si no que se trata de enunciados de una claridad y precisión que sería un abuso tratar de parafrasear. Procedo, entonces:

“[…] conviene aclarar conceptos antes de comenzar. Para ello, he escogido, como punto de partida el par de expresiones legalidad y legitimidad

“[…] la legalidad […] significa el ajuste o sometimiento de una determinada conducta a lo que prescriben las normas, sea cual sea el rango de estas […]

“[…] Para la política, [la legitimidad] se relaciona con la capacidad de un poder para obtener obediencia de la sociedad sin recurrir a la coacción como amenaza de la fuerza, pudiendo decir, entonces, que un Estado es legítimo si los miembros de la comunidad aceptan la autoridad vigente.

“[…] la distinción entre “legalidad” y “legitimidad” resulta ser […] una diferencia esencial en cualquier Estado democrático de Derecho. La legalidad pertenece al orden del derecho positivo y sus normas contienen siempre fuerza de ley (es decir generan obligación jurídica). La legitimidad forma parte del orden de la política y de la ética pública (fundamentación de las normas y de las decisiones).

“[…] El principio jurídico de legalidad presupone que los órganos que ejercen un poder público actúan dentro del ámbito de las leyes. Este principio tolera el ejercicio discrecional del poder, pero excluye el ejercicio arbitrario y aquí es donde entra en juego la legitimidad. La ley nos protege de los caprichos del poder porque es impersonal, pero por eso mismo distante de la realidad social existente en cada momento […]

Fundado en esto, Villar Ezcurra apunta que “[…] Mientras que la legalidad genera obligación, la legitimidad genera responsabilidad (política o ética) y reconocimiento, lo que le lleva a una CONSTATACIÓN que resulta de gran importancia en su manera de discurrir hacia el encuentro de una solución: […] la legalidad tiene una racionalidad normativa acotada y la legitimidad tiene una lógica deliberativa abierta al remitir a conceptos más difusos (como pueda ser la ética).

En un siguiente aporte, presentaré la idea de la “equidad” a la cual recurre el profesor Villar Ezcurra en su propuesta para encontrar una solución racional -y justa- al problema planteado.

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