Edmundo Enrique Vásquez Paz

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Actuar en pro de una Reforma Política en Guatemala es un asunto que demanda ser atendido con seriedad y con vigor por parte de la sociedad civil organizada.

En este artículo presento algunas elaboraciones sobre la importancia de abordar esa reforma. Insisto en la necesidad de saber hacerlo de manera provechosa; algo que hago a partir de la realidad que atraviesa el país y desde una perspectiva crítica a los instrumentos que se están ofreciendo para la participación ciudadana (el contenido del Acuerdo Número 1922-2023 del TSE, instalando la Comisión de Actualización y Modernización Electoral, CAME, en su actual versión).

En un segundo momento ofrezco, desde mi perspectiva, una aproximación a lo que podría denominarse “el espíritu” de un instrumento normativo que garantice la participación efectiva de la ciudadanía en este esfuerzo. En términos de técnica legislativa, ese espíritu se denominaría “exposición de motivos”. Aquí, aparece en una versión incipiente, demostrativa, referida a lo que debería ser una nueva versión del Acuerdo creando la CAME. Soy de la opinión de que la CAME, así como está diseñada actualmente, no sirve para el propósito primordial de ser un canal para la articulación de las necesidades sentidas por la ciudadanía.

RAZONES PARA CONSIDERAR LA NECESIDAD DE RECLAMAR EL DISEÑO DE UNA NUEVA CAME

La crisis político-institucional en la que se encuentra Guatemala se deriva, básicamente, del hecho que sus instituciones (los tres poderes del Estado) han sido literalmente secuestradas por politicastros (DRAE: politicastro: político inhábil, rastrero, mal intencionado, que actúa con fines y medios turbios) que se han organizado como grupo con intereses comunes que actúa de manera coordinada en busca de hacerlos prevalecer.

No obstante ser que se trata de un problema complejo que se ha ido desarrollando y magnificando a través del tiempo, sí se puede afirmar que el principal instrumento que han utilizado los politicastros para los fines que persiguen han sido el de la “legalización” de prácticas que son de su exclusiva conveniencia y, adicionalmente, el de la “judicialización de la política”.

La práctica de la legalización se da mayormente en el seno del Congreso de la República (aprobación de leyes como, por ejemplo, el caso del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación para el año 2024) y, la de la judicialización de la política, en el seno de cortes y judicaturas cooptadas vía el nombramiento de funcionarios (directa e indirectamente), por parte del mismo Congreso, a los que no se les admite disidencias.

Aunque no se debe ignorar que gran parte de la responsabilidad de lo que nos está ocurriendo reside en la falta de conciencia, falta de organización y falta de participación ciudadana efectiva, sí se debe reconocer que la actual Ley Electoral y de Partidos Políticos -LEPP- adolece de carencias y defectos que son cruciales. Sobre todo, en lo que concierne al régimen de los partidos políticos.

Se debe reconocer que a esas fallas se les puede adscribir, también, la mencionada falta de participación ciudadana. Pero se debe advertir que una buena ley nunca será el garante de una mejor situación a futuro si no se vigila que el espíritu de lo normado se cumpla de manera efectiva. Una tarea que le corresponde a la ciudadanía.

A mi criterio, la principal preocupación ciudadana debe consistir en el logro de una propuesta de reforma a la LEPP que coadyuve de manera efectiva a la democratización de los partidos políticos y a facilitar que las nominaciones a puestos de elección popular consideren a personas que representen de manera genuina los intereses ciudadanos y no los individuales o propios. La ciudadanía se debe sentir representada y debe ser representada.

En este escenario, resulta básico estar conscientes de la necesidad de realizar reformas a la LEPP para efectos de preservar un régimen democrático que sea real y operativo. Así también, es esencial saber utilizar los espacios dados que permitan incidir en lograrlo. Este es un aspecto que considero que se debe tratar de manera central. La sociedad civil debe saber, con relativa certeza, que sus propuestas de reforma van a ser realmente consideradas; que su esfuerzo en proponer no va a ser en vano. De lo contrario, estaríamos hablando de un engaño.

Partiendo de la constatación de que el sistema está copado por politicastros que impiden que en las plenarias se conozcan y se discutan de manera abierta y pública (como lo debe ser en un auténtico “parlamento”) las iniciativas o intenciones de cambio por parte de agrupaciones distintas a la “bancada oficial”, es importante lograr la colaboración -o “apadrinamiento”- de una “entidad con iniciativa de ley” que permita llevar el esfuerzo de reforma a la LEPP al seno de la máxima instancia (el Congreso de la República).

El anterior comentario viene al caso porque, según el Acuerdo 1922-2023 de creación de la CAME, éste se integra -Art. 4, literal b- con la participación de representantes de cada uno de los “partidos políticos”; craso error derivado de no haber sabido diferenciar entre “organizaciones” políticas (como se contempla en la LEPP, Art. 256 Bis) y “partidos” políticos. A mi modo de ver, esto desvirtúa la naturaleza de una CAME en tanto que, si los representantes de los partidos políticos son parte de la CAME, la propuesta ya estará avalada por ellos antes de llegar al hemiciclo para ser conocida y aprobada…

Si la propuesta de reforma a la LEPP va ser confeccionada bajo los criterios e intereses de los partidos, no veo por qué no se hace, desde el principio y sin darle muchas vueltas, considerando la existencia de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso de la República. Sería menos tortuoso y más transparente -aunque impropio- y no se estarían despertando falsas expectativas entre la ciudadanía.

Mi idea es tratar de que la iniciativa de reforma se realice en el seno de una CAME revisada, y que la propuesta se lleve al Congreso al amparo del derecho constitucional de iniciativa de ley que tiene el TSE.

La CAME debe constituir un vehículo que sirva de manera efectiva para recoger la voluntad ciudadana y poder contrastarla, en el seno del Congreso, con las posiciones de los partidos políticos establecidos. Y el TSE debe coadyuvar en este propósito.

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