Recientemente, el llamado Observatorio de derechos de propiedad dio a conocer un documento titulado Termómetro de derechos de propiedad 2026.
En enfoque de este informe es el que corresponde al actor que lo elabora, es decir el que se plantea desde la perspectiva de los terratenientes, supuestos propietarios de los predios que están ocupados por campesinos. Por esa razón, el documento lo que presenta es una denuncia por delitos, que serían básicamente cuatro: falsedad material, falsedad ideológica y usurpación, tanto simple como agravada. Y la única solución que de allí se deriva es una política represiva de desalojos para reprimir a los que ellos llaman “invasores”.
Este achatado abordaje no permite abordar la problemática adecuadamente, aunque es significativo que reconoce que la conflictividad agraria va en constante aumento. Para el año en curso, ese informe plantea que los predios ocupados aumentarán en un 11%. Informa que actualmente hay 8,946 denuncias por ocupaciones.
Pero este tema hay que abordarlo con visión nacional, no sectorial. Se trata de una problemática estructural, de naturaleza histórica, que no se ha superado y que imposibilita el desarrollo del país, particularmente el rural. La historia de Guatemala no se puede entender sin considerar el tema de la tierra y, con mayor profundidad, el de los territorios. La conquista (invasión), la colonia, la revolución liberal, la Revolución de Octubre, la contrarrevolución de 1954, la cruenta y prolongada guerra y, contemporáneamente, la inestabilidad social en el campo y la indeseable migración forzada, son todos fenómenos en los cuales subyace el tema de la tierra. Es imposible pretender abordar los temas de la pobreza y la desigualdad sin resolver la “cuestión agraria”.
Por eso, uno de los Acuerdos de Paz, el relacionado con aspectos socioeconómicos y situación agraria, así lo reconoce, cuando afirma que “La resolución de la problemática agraria y el desarrollo rural son fundamentales e ineludibles para dar respuesta a la situación de la mayoría de la población que vive en el medio rural, y que es la más afectada por la pobreza, la pobreza extrema, las inequidades y la debilidad de las instituciones estatales… La transformación de la estructura de la tenencia y el uso de la tierra debe tener como objetivo la incorporación de la población rural al desarrollo económico, social y político, a fin de que la tierra constituya para quienes la trabajan base de su estabilidad económica, fundamento de su progresivo bienestar social y garantía de su libertad y dignidad”.
La dimensión jurídica de la problemática agraria debería resolverse, como dice el Acuerdo de Paz citado, mediante la creación de una jurisdicción agraria. Pretender hacerlo mediante la jurisdicción ordinaria (civil) y penal es imposible. Sería como tratar de resolver la conflictividad laboral desconociendo la naturaleza de esta materia. Por eso existe un código laboral. Y el tema agrario es igual y debería haber un Código Agrario sustantivo y procesal, como existe en otros países.
Sin embargo, esta dimensión jurídica, aún en los términos planteados en el párrafo anterior, sería insuficiente. Falta una política de acceso a la tierra que, en el marco constitucional vigente, promueva dicho acceso para transformar, gradualmente, la injusta y concentrada estructura de tenencia de la tierra. Un instrumento para ello, también producto de los Acuerdos de Paz, es Fontierras, que su ley le atribuye, en su artículo 3º, la competencia de formular e implementar la política de acceso a la tierra, en el marco de la política de desarrollo rural del gobierno. Lamentablemente, esa institución es un ente fracasado. La oportunidad que hubo con este gobierno de recuperarlo para que cumpliera con los objetivos que le dieron origen, se perdió. El miedo/pánico que ha tenido el MAGA y el Ministerio de Finanzas de asumir el liderazgo estatal que le corresponde en el Consejo Directivo de dicha institución y la limitada visión del liderazgo campesino e indígena hicieron que esa oportunidad, abierta con la firma del fracasado Acuerdo Agrario firmado entre el Presidente y dichos liderazgos campesinos, a estas alturas ya casi está perdida.
Es cierto que el desarrollo rural va mucho más allá que lo agrario. La política de desarrollo rural debe ser multi e intersectorial, tal como lo establece no solo el Acuerdo de Paz citado, sino que también la Política Nacional de Desarrollo Rural Integral, legalmente vigente, aunque ignorada. Pero, como lo he repetido muchas veces, en Guatemala, la tierra no es el camino, pero no hay camino sin tierra.
La solución a la problemática agraria no puede ser la represión estatal y, menos aún, la desatada por los mismos terratenientes que ven amenazados sus intereses.
Ojalá la denuncia que ellos hacen sobre la supuesta violación a sus derechos de propiedad no sirva para justificar la represión a los campesinos, sino que sea un incentivo para que, desde una visión nacional, se aborden tres temas de manera urgente: 1) La reformulación de la política de acceso a la tierra de Fontierras que aborde, entre otras cosas muy relevantes, la construcción de un “banco de tierras” del cual disponer. Para ello tendrían que reformular su recientemente aprobada Agenda Estratégica; 2) La construcción de una institucionalidad agraria del Ejecutivo, jurídicamente blindada; y 3) La creación de una jurisdicción agraria, sustantiva y procesal. Lo primero depende del gobierno y la representación indígena y campesina en Fontierras. Lo segundo y tercero depende, fundamentalmente, del Congreso de la República.







