
La Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno de la Asamblea Legislativa de El Salvador emitió un dictamen favorable para ratificar un acuerdo bilateral con Guatemala que permitirá a familiares dependientes de personal diplomático, consular, administrativo y técnico desempeñar actividades remuneradas en el país donde estén acreditados.
Según informó la Asamblea Legislativa salvadoreña, el convenio fue suscrito el pasado 25 de marzo y busca facilitar el acceso legal al mercado laboral para cónyuges e hijos dependientes de funcionarios de ambas naciones.
De acuerdo con la comisión legislativa, la medida contribuirá a mejorar la estabilidad económica de las familias acreditadas en el exterior y brindará mayores oportunidades de desarrollo profesional y experiencia laboral internacional.
Además, el acuerdo establece reglas claras en materia laboral, tributaria y de seguridad social, lo que otorgará mayor certeza jurídica a quienes se beneficien del mecanismo.
La Asamblea Legislativa destacó que el convenio también fortalecerá las relaciones bilaterales entre Guatemala y El Salvador mediante el intercambio de conocimientos, capacidades técnicas y experiencia profesional.
QUIÉNES PODRÁN APLICAR
Según la Asamblea, podrán ser considerados familiares dependientes el cónyuge del funcionario acreditado; los hijos solteros menores de 21 años que dependan económicamente de sus padres; los hijos menores de 25 años que cursen estudios superiores; y los hijos con discapacidad física o mental que dependan de sus progenitores.
La autorización para trabajar deberá gestionarse a través de la misión diplomática correspondiente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del país receptor.
SUJETOS A LAS LEYES LOCALES
La normativa establece que quienes ejerzan una actividad remunerada estarán sujetos a la legislación laboral, tributaria y de seguridad social vigente en el país donde desempeñen sus funciones.
Asimismo, el acuerdo aclara que no implica el reconocimiento automático de títulos académicos, estudios o grados profesionales obtenidos en el extranjero.
VIGENCIA Y FINALIZACIÓN
Según la Asamblea Legislativa, la autorización para trabajar concluirá como máximo dos meses después de que el funcionario diplomático o consular del cual depende el beneficiario finalice sus funciones en el país receptor.
El convenio entrará en vigor una vez que Guatemala y El Salvador notifiquen el cumplimiento de sus procedimientos internos de aprobación y tendrá vigencia indefinida.
No obstante, cualquiera de los dos países podrá darlo por terminado mediante una notificación escrita, la cual surtirá efecto 90 días después, sin afectar las autorizaciones laborales ya concedidas.







