El doctor en Derecho, Eduardo Mayora, se pronunció sobre antejuicios que conocería el Congreso en contra de magistrados de la CC. Foto: UFM

POR KAREN QUINTANILLA
lahora@lahora.com.gt

Este día, el Congreso agendó conocer la solicitud de antejuicio planteado en contra de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, Gloria Porras y Francisco De Mata Vela, requerida por la Asociación Dignatarios de la Nación, financiados por el Legislativo.

En tal sentido, el doctor en Derecho, Eduardo Mayora, se pronunció a través de redes sociales, en donde señaló que, si el Legislativo pudiese levantar la inmunidad de los magistrados porque sus resoluciones se consideran «violatorias a la Constitución”, no existiría más ni el control constitucional de las leyes ni el Estado de Derecho.

“Si el Congreso pudiera levantar la inmunidad de los magistrados de la CC porque sus resoluciones se consideren por una mayoría partidaria «violatorias de la Constitución», ni el control de constitucionalidad de las leyes ni el Estado de derecho existirían más”, expresó Mayora en su cuenta de Twitter.

Posteriormente, en respuesta a un comentario relacionado con la publicación inicial, realizado por el usuario identificado como @MauTarot que cuestionaba, si los magistrados de la CC pueden estar por encima de la Constitución y de los 3 poderes de la República y que, además, aseveraba que levantarles la inmunidad a los Magistrados “no significa ser culpables, sino que se someten al debido proceso que establece la Constitución”.

Mayora respondió: “El núcleo del concepto de Estado de derecho es que todos los poderes públicos queden sujetos a las reglas del derecho uýrpretadas por un tribunal independiente y no por una mayoría partidaria transitoria y, por definición, afanada en acumular más y más poder”.

ASÍ HAN BUSCADO EL ANTEJUICIO CONTRA PORRAS Y DE MATA VELA

En 2019, el pleno de la CC integrada por los magistrados Dina Ochoa (reelecta por el mismo Congreso), Neftaly Aldana, María Cristina Fernández García, Mynor Par Usen y Henry Comte, dictó sentencia en los expedientes 162-2019 y acumulados, en donde se hizo acopio de la jurisprudencia del máximo Tribunal Constitucional sobre situaciones como estas.

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En ese contexto, los Magistrados otorgaron el amparo solicitado, haciendo referencia a que cualquier procedimiento iniciado que conlleve la persecución de los magistrados de la CC, por la emisión de fallos dictados en el ejercicio de su cargo, no procede debido a que no pueden ser perseguidos penalmente por las resoluciones emitidas.

Además, en esa oportunidad, se le ordenó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que, en futuras ocasiones, se abstuviera de admitir trámites de antejuicios contra los magistrados de la CC, relacionados con los fallos emitidos por dicha Corte.

Es decir que este antejuicio, debió ser rechazado in límine, tal y como en otras ocasiones han dictado fallo los togados. No obstante, el pleno de la CSJ se inhibió de conocer el antejuicio presentado por la Asociación de Dignatarios de la Nación de la Asamblea Nacional Constituyente, por una resolución que emitieron en 2019, cuando el entonces presidente, Jimmy Morales y su canciller, Sandra Jovel, intentaron expulsar del país al embajador de Reino de Suecia, Anders Kompass.

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