Por Eder Juárez
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió en el decreto de Convocatoria a las Elecciones Generales, las prohibiciones que regirán el proceso electoral del 2019. Entre las prohibiciones destaca la que se hace al Presidente de la República, a los funcionarios del Organismo Ejecutivo, a los alcaldes y a los funcionarios municipales para que no hagan propaganda de obras y actividades que realicen.

Los partidos políticos tienen prohibido hacer propaganda electoral pegando o pintando rótulos en efigies, paredes, señales, rótulos, puentes, edificios y monumentos públicos, montañas, cerros, laterales de carreteras, así como valerse de cualquier otro procedimiento que afecte el entorno natural.

Asimismo tienen prohibido pintar leyendas sobre el asfalto o pavimento de las carreteras y sobre el adoquín o empedrado de las calles urbanas, usándose yeso, pintura, papeles engomados o adheridos con cualquier pegamento plástico u otros medios.

Según el TSE, los partidos políticos y candidatos a cargo de la elección popular, en ningún momento podrán contratar o adquirir por sí o por terceras personas, tiempos, y espacios en cualquier modalidad en los medios de comunicación. Además ninguna persona individual o jurídica, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda electoral en los diferentes medios de comunicación.

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