POR REDACCIÓN LA HORA

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El abogado Alfonso Carrillo, el jurista Jorge Mario García Laguardia y los activistas Helen Mack y Álvaro Montenegro presentaron este día una inconstitucionalidad general total en la Corte de Constitucionalidad en contra del acuerdo presidencial 2-2019 por medio del cual se dio por terminado el Acuerdo de creación de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).

A criterio de los ciudadanos, dicho acuerdo dictado por el presidente Jimmy Morales en Consejo de Ministros violó la Constitución Política de la República, específicamente lo estipulado en los artículos 44, 46, 140, 149, 175 y 182.

Entre los argumentos esbozados, hacen ver que el acuerdo de creación de la CICIG es un tratado internacional en materia de derechos humanos que tiene “preeminencia” sobre el derecho interno. Por lo tanto, no pueden tomarse decisiones gubernamentales “que afecten el funcionamiento de la CICIG”.

“El Acuerdo de la CICIG no contiene ninguna disposición expresa sobre la facultad del Estado de Guatemala de darlo por terminado anticipadamente.  Consecuentemente, el Acuerdo Gubernativo impugnado, al dar por terminado anticipadamente el plazo de vigencia del Acuerdo de CICIG –contradiciendo el artículo 56 de la Convención de Viena sobre los Derechos de los Tratados, viola el Acuerdo de CICIG y, por tanto, violó los artículos 44 y 46 de la Constitución de la República”, argumentan.

Además, indican que también violó el artículo 149 de la Constitución porque el acuerdo promulgado por la Presidencia contiene decisiones que son discordantes con la normativa internacional de la Convención de Viena sobre los Derechos y Tratados. “Conforme la normativa internacional los tratados deben observarse, el cual, implica la obligación de cumplir con sus obligaciones y relaciones internacionales en búsqueda de la defensa de derechos humanos”, señalan los interponentes.

Asimismo, argumentan que el artículo 175 de la Constitución, que contempla la “jerarquía constitucional”, prohíbe que las normas sean contrarias a las disposiciones de la Constitución.

“Con la emisión del Acuerdo Gubernativo No. 2-2019, el presidente de la República ha violado los artículos 1º., 140 y 182 de la Constitución Política de la República, y la literal b) del artículo 18 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de

Funcionarios y Empleados Públicos, pues ha actuado para proteger intereses personales y/o de intereses privados de terceros, y no ha actuado para defender los intereses de toda la población guatemalteca, ni en búsqueda del bien común”, sentencian los ciudadanos.

Con esta acción, se solicita a la Corte que deje sin efecto jurídico el acuerdo del presidente el acuerdo presidencial.

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