POR REDACCIÓN
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El diputado Oscar Armando Escribá presentó un nuevo amparo en contra del Juzgado Undécimo de Primera Instancia Penal, dentro del trámite del antejuicio que se tramita en su contra por el Caso Construcción y Corrupción, Fase II.

El amparo ingresó, ayer en horas de la tarde, a la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal. La autoridad denunciada en el amparo es el Juzgado Undécimo a cargo del juez José Eduardo Cojulún.

Sin embargo, la Sala Segunda no informó cuáles fueron los motivos por los que el diputado interpuso este nuevo amparo debido a que aún no se le ha dado trámite al mismo.

Cuando el Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) presentaron el antejuicio contra el legislador, el expediente fue remitido al juez Cojulún, sin embargo, debido a que Escribá goza de inmunidad, el togado se inhibió de conocer la denuncia y envió el caso a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), instancia que deberá determinar si le retira o no el derecho de antejuicio.

Escribá también presentó un recurso de “reposición” con el cual buscaba que el juez se retractara de tramitar el antejuicio y enviarlo a la CSJ, pero el mismo fue rechazado.

SEGUNDO AMPARO

Este es el segundo amparo que presenta la defensa del congresista. En los últimos días, también presentó un amparo en contra del jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval y un auxiliar y un agente fiscal de dicha unidad.

En el amparo, señala que, por el tiempo que ya transcurrió desde que se suscitaron los hechos que motivaron el antejuicio, ya se le venció el plazo al MP para perseguirlo penalmente.

El diputado basa su alegato en el artículo 107, numeral 2, del Código Penal, el cual establece que el MP no puede perseguir penalmente un delito cuando el tiempo transcurrido sea mayor a la posible pena máxima, aumentada en una tercera parte.

Los hechos que se le sindican al diputado ocurrieron entre 2008 y 2012, mientras fungió como funcionario del Ministerio de Comunicaciones, según e MP.

Sin embargo, a consideración del jefe de la FECI, la Fiscalía se encuentra en el plazo regulado en la ley para perseguir penalmente al congresista. Esto, debido a que el artículo 155 de la Constitución dice que, cuando se trate de funcionarios públicos, el tiempo regulado en el artículo antes citado del Código Penal se debe duplicar.

CASO

Según las investigaciones, mientras el congresista fungió como funcionario del Micivi, propició que se adjudicaran contratos a las empresas Montañas Nacionales S.A. y Señalamiento Vial de Centroamérica, las cuales eran de su interés por tener vínculos con ellas.

Los contratos adjudicados a las dos entidades suman Q194 millones 391 mil 593.02.

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