Por Redacción La Hora
lahora@lahora.com.gt

La Corte de Constitucionalidad (CC) emitió dictamen desfavorable a algunos artículos sobre las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) y favorable a otros, de los 39 artículos que contiene el proyecto de Ley presentado por la Comisión de Asuntos Electorales.

Sobre democratización de los partidos políticos, Santiago Palomo informó que el aumento del valor del voto no está justificado, por lo que contraviene las reglas presupuestarias establecidas en la Constitución, por lo que se declara desfavorable.

Los gastos para actividades en el extranjero deben ser debidamente establecidos por lo que no se deben confundir con los gastos locales como lo propone el Congreso.

Permitir el uso de saldos de financiamiento público implicaría incumplir con el destino previsto para ese financiamiento, declarándose desfavorable esa reforma.

La responsabilidad administrativa del Secretario General de las organizaciones políticas en el manejo de fondos debe mantenerse, por lo que la Corte declaró que resaltó favorable la propuesta del Congreso.

Los partidos deben conservar sus registros contables de forma indefinida, igualmente la sanción de cancelación del partido debe conservarse.

Resulta favorable instituir el voto secreto en las Asambleas de los partidos, también resulta la incompatibilidad entre el Secretario General y candidato presidencial, señaló.

Sobre el segundo componente, de Tribunal Supremo Electoral, para la CC resulta contrario a la Constitución establecer cualquier tipo de licenciatura para ser miembro del TSE, por lo que declaró desfavorable esa disposición.

El portavoz explicó que la creación de los subdistritos que contempla la iniciativa, no recibió el visto bueno de la máxima corte por considerarse inconstitucional.

«Facultar al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para definir subdistritos electorales y la intención de crear subdistritos electorales es contrario al artículo constitucional, porqué sólo por reforma constitucional se puede modificar la forma de efectuar la creación de circuitos electorales», explicó Palomo.
Facilitar el acceso al Renap y al Registro garantiza incorporarse al padrón electoral, estableciendo por convenios interinstitucionales las condiciones para lograrlo. Se emitió dictamen favorable.

Sobre la elección de diputados distritales, alcaldes y corporaciones municipales, aunque la propuesta incorporara el voto directo o voto preferente, no obtuvo el visto bueno del máximo tribunal.

«No obstante que la propuesta de incorporar el voto directo o voto preferente al sistema electoral resulta conforme con la Constitución, la fórmula o regla de decisión para elegir diputados distritales propuesta por el Congreso resultó ser desigual, por otorgar mayor valor al voto por lista por sobre el voto directo, además de no preverse otra reforma respecto a esa fórmula», detalló el vocero de la CC.

La posibilidad de realizar una segunda vuelta a la elección de alcaldes no fue bien visto por la CC, por no estar contemplado este tema en la Constitución.

«La Corte estima que no encuentra justificación constitucional la realización de una segunda vuelta para elección de alcaldes y síndicos por no estar previsto en la Constitución», aseguró Palomo.

Sobre el proceso electoral, respecto a facultar al TSE para ejercer control y fiscalización financiera de particulares que realicen campañas cívico políticas, la Corte determinó que podría resultar contraria a la Constitución pues el control de ese tipo de actividades de divulgación cívicas o políticas fuera del ámbito electoral podría conllevar limitación a la libre expresión del pensamiento de esas personas, salvo que esta conlleve propaganda electoral a favor de alguna organización política o candidato, o en contra, cuando el financiamiento provenga de partidos políticos, aspectos que ya están regulados en la LEPP.

En cuanto a la permanencia de la responsabilidad administrativa de los secretarios de los partidos políticos sobre el manejo de fondos, la Corte le dio dictamen favorable.

Otros de los aspectos de la propuesta que sí recibió opinión técnica favorable es que el voto debe ser secreto en las asambleas de los paridos.

De acuerdo con el portavoz de la CC, el Congreso ya fue notificado de la decisión de la máxima corte, por lo que ahora el Congreso deberá realizar enmiendas en aquellos artículos que no obtuvieron la opinión técnica favorable, para continuar con su aprobación.

El año pasado la discusión de esta propuesta de ley fue dirigida por el bloque de la UNE, en el cual no fue tomado en cuenta la iniciativa que presentó el TSE.

Artículo anteriorPorras, fiscal del MP: estamos a la espera de que la CC certifique lo conducente
Artículo siguienteJovel advierte, condiciona y amenaza a Secretario General de la ONU