POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt

Este día fue publicado el Decreto 49-2016, Ley de Implementación del Control Telemático en el Proceso Penal, el cual establece el uso de los brazaletes para los privados de libertad.

La normativa se aplicará a las personas ligadas a proceso que hayan sido beneficiadas por una o varias medidas sustitutivas, o que gocen de las fases de prelibertad y libertad controlada establecidas en el Régimen Progresivo de la Ley del Régimen Penitenciario.

El dispositivo será financiado por el sindicado, sancionado o condenado, salvo criterio del juez competente previo a un estudio socioeconómico del sujeto.

La publicación detalló que la creación y funcionamiento del Centro de Control Telemático estará a cargo del Ministerio de Gobernación (Mingob), que de forma inmediata deberá recaudar de su presupuesto, de conformidad con su asignación anual.

El Decreto entra en vigencia ocho días después de su publicación en el diario oficial y dentro de dos meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la normativa. El Organismo Ejecutivo debe emitir el reglamento de la Ley del Sistema Penitenciario (SP) de conformidad con la presente disposición.

Artículo anteriorSUCESOS
Artículo siguienteUnicef manifiesta su preocupación por resolución del Hogar Virgen de la Asunción