POR JOSÉ DEL ÁGUILA
jaguila@lahora.com.gt

Una lucha de poder se libra en el sistema de justicia: por un lado, se encuentran organizaciones de la sociedad civil, con el acompañamiento del Ministerio Público (MP) y de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), que promueven la reforma de leyes para fortalecer la justicia, y por el por otro, se encuentran sectores, a lo interno del Organismo Judicial (OJ) y fuera de él, que rechazan los cambios y se resisten a perder cuotas de poder.

En este contexto, la Asociación de Jueces y Magistrados y el Instituto de Magistrados del OJ presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de la Carrera Judicial, con la cual pretenden anular la totalidad de la normativa, generando sospechas acerca de sus intenciones.

La ley fue aprobada después de tres años de análisis y como fruto del debate de una mesa técnica conformada por organizaciones civiles y académicas, diputados, representantes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y miembros de las asociaciones de jueces y magistrados que ahora la impugnan. La CICIG y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en Guatemala acompañaron el proyecto.

Los dos puntos focales de la normativa: la separación de funciones administrativas de las jurisdiccionales de la CSJ y el fortalecimiento del Consejo de la Carrera Judicial tienen como objetivo garantizar jueces y magistrados independientes e imparciales.

Antes de que el proyecto fuera presentado al Congreso el único sector que se pronunció en contra fue la CSJ que, incluso, entregó su propia propuesta, en la cual no se contemplaba la separación de funciones, a espaldas de la mesa técnica.

Cuando la Corte se enfrentó a la mesa técnica fungía como presidenta sustituta del OJ, Silvia Valdés, quien ahora es la titular de esa posición.

ARGUMENTOS

Los miembros de las asociaciones argumentan la violación al artículo 205, literal a, de la Constitución, donde se establece como garantía la “independencia funcional” del OJ. Además, se cuestiona el sometimiento de los magistrados a las evaluaciones que pueda realizar el Consejo de la Carrera Judicial y la integración del mismo.

El presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados, Mario Taracena Coyado, explicó a La Hora que lo que se pretende es que, previsionalmente, se suspenda la Ley. Luego, esperan que se declare inconstitucional y se anule su validez.

Para Taracena Coyado, con la nueva Ley de la Carrera Judicial, aprobada el 29 de junio pasado y entrada en vigencia el 26 de noviembre, se modificó la naturaleza del Consejo de la Carrera Judicial y se le atribuyó cierta cuota de independencia respecto al OJ para sus quehaceres administrativos, lo cual viola el principio de que únicamente el OJ goza de independencia funcional.

En la normativa se establece que el Consejo de la Carrera tendrá, entre otras funciones, las siguientes: evaluar el desempeño de jueces y magistrados, nombrar a los integrantes de las Juntas de Disciplina Judicial y asignar sus posiciones a los magistrados de Salas de Apelaciones con base en un listado de electos por el Congreso de la República.

La separación de funciones jurisdiccionales y administrativas de la CSJ es una demanda que por varios años han realizado organizaciones de la sociedad civil y expertos en el sistema de justicia.

Además, se modificó la integración del Consejo y se le restó poder operativo a los magistrados de la CSJ. Ahora, el Consejo se conforma por: un representante del pleno de magistrados de la CSJ, un magistrado titular de la Corte de Apelaciones, un juez de Primera Instancia, un juez de Paz y tres expertos en administración pública, en recursos humanos y en psicología.

Sin embargo, para el presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados, esta nueva normativa viene a violentar lo establecido en la Constitución.

“Se crea un nuevo órgano que es el Consejo de la Carrera, que actualmente ya existe, pero depende de la Corte, pero ahora lo vuelven independiente. El artículo 205 de la Constitución le garantiza al OJ independencia funcional, es decir, en cuanto a lo administrativo se le otorga esa independencia, pero ahora con esa nueva ley se crea el Consejo y también se le eleva a órgano independiente. Entonces nos encontramos con dos órganos independientes, pero con la diferencia de que el OJ sí tiene constitucionalmente garantizado eso -la independencia funcional”, señaló Taracena.

Gabriel Orellana, abogado constitucionalista, asegura que los argumentos de la Asociación y del Instituto de Magistrados son bastante razonables, ya que se busca atribuirle al Consejo una independencia que constitucionalmente le corresponde al OJ.

“La estructura constitucional le atribuye a la CSJ, como rectora del OJ, una serie de funciones que hoy en día se las quieren quitar para pasárselas a este Consejo. Entonces, el punto es que hasta dónde se puede hacer eso. Obviamente los que diseñaron el pliego de reformas dicen que se ajustan a la Constitución -las reformas- porque son funciones administrativas, no judiciales. Pero eso no se va a saber, hasta que la Corte haga su pronunciamiento”, asegura Orellana.

No obstante, según el jurista, hay pocas posibilidades de que la CC declare con lugar el recurso planteado por las consideraciones políticas que pueden influir en los magistrados.

¿EN DEFENSA DEL STATU QUO?

Las motivaciones que llevaron a la Asociación de Jueces y Magistrados y al Instituto de Magistrados al plantear una acción de inconstitucionalidad de carácter total contra la nueva ley de la Carrera Judicial son, en realidad, no perder la cuota de poder que actualmente gozan los magistrados de la CSJ, aseguran expertos en el sistema de justicia.

Carmen Aída Ibarra, representante del Movimiento Pro Justicia, quien fue una de las participantes en la mesa técnica que discutió el proyecto de reforma, asegura que en el OJ siempre ha existido un rechazo a la separación de funciones administrativas de la CSJ.

Restarle poder operativo al pleno de magistrados, según expertos, evitaría decisiones discrecionales por parte de la CSJ que, de cierta manera, responden a intereses sectoriales.

De esa cuenta, por ejemplo, en marzo de 2015, en una resolución calificada como arbitraria, el pleno de magistrados resolvió trasladar a dos juezas de Primera Instancia Penal y de Familia, Patricia Gámez y Jennie Molina, a distintos departamentos, sin justificación alguna. Ambas juezas habían apoyado a la exmagistrada Claudia Escobar en su pronunciamiento contra la anómala elección de togados.

Ibarra señala: “las acciones que están emprendiendo ahora son legales, pero de alguna manera las podemos cuestionar. Sus motivaciones no son a favor de un mejor manejo de la administración de justicia, sino de la conservación de cuotas de poder. Ellos están motivados por la defensa del statu quo y no quieren que haya cambios en la conducción y gobierno del poder judicial”.

Consultado al respecto, Taracena asegura que tanto la Asociación como el Instituto de Magistrados están claros de que debe existir la separación de funciones administrativas y jurisdiccionales en el OJ, pero consideran que esto debe hacerse sin “atropellar nuestro sistema legal”.

“Nosotros estamos claros de que debe existir esa separación, pero ahora lo estamos haciendo violentando la misma legalidad de la Constitución Política. Entonces no podemos hacer cosas atropellando nuestro ordenamiento o sistema legal”, apunta.

Según el jurista, el proceso de aprobación de la nueva ley se realizó en desorden, ya que primero se debieron aprobar las reformas constitucionales al sector justicia.

“Cambiemos la Constitución Política y separemos funciones para que no haya un problema legal, porque la intención es buena”, sostiene.

LA REACCIÓN TARDÍA DE JUECES Y MAGISTRADOS

Para los jueces y magistrados que accionaron contra la ley, lo correcto hubiera sido esperar a que el Congreso de la República aprobara las reformas constitucionales al sector justicia para después poder emitir una normativa sin que esta violentara los principios establecidos en la Constitución Política.

Sin embargo, durante más de una década organizaciones de la sociedad civil han procurado reformar la Constitución y los intentos no han germinado. El último intento fue en 1999, cuando varios sectores instaron a las reformas con el fin de darle cumplimiento a los Acuerdos de Paz, pero en esa ocasión los guatemaltecos rechazaron las propuestas.

Lorena Escobar, de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (ASIES), quien también participó en la Mesa Técnica de Seguridad y Justicia, asegura que el sistema de carrera judicial se debe fortalecer con lo que la ley ordinaria permite, y no esperar por tiempo indefinido a que las reformas constitucionales al sector justicia sean aprobadas.

“Si se quiere fortalecer el sistema de carrera judicial se tiene que hacer con lo que la ley permite.¿Esperar las reformas constitucionales para fortalecer el sistema de justicia? Eso tenemos 20 años de hacerlo y no por eso va a mejorar la carrera ni el reconocimiento que se necesita”, señala la académica.

Y agrega: “Se requieren reformas constitucionales para abarcar mayores estamentos, pero los que están ahorita reconocidos por la Constitución y por la ley no pueden esperar a ser fortalecidos por las reformas”.

Ibarra y Escobar afirman que la Asociación de Jueces y Magistrados, mientras se discutía el proyecto de ley, siempre mantuvo sus reservas, no obstante, su oposición a la normativa fue tímida y nunca se apersonaron directamente al Congreso.

“A veces lo decían de manera explícita y otras solo manifestaban su oposición tímida a ciertos asuntos. Pero ellos no fueron al Congreso a manifestar su desacuerdo, ellos simplemente guardaron silencio y esperaron con indiferencia a que el Congreso emitiera una resolución. No fueron a defender o plantear una oposición. La misma CSJ asumió la misma actitud planteando una propuesta contraria a la que finalmente se aprobó”, señaló Ibarra.

NUEVO SISTEMA DE CARRERA JUDICIAL EN MANOS DE LA CC

Tanto Escobar como Ibarra señalan que la ley faculta a la Asociación de Jueces y Magistrados y al Instituto de Magistrados a impugnar la vigencia de la nueva Ley de La Carrera Judicial.

Según Escobar, la acción presentada con la nueva normativa no constituye un retroceso a lo que por años se ha discutido, sino dependerá de la CC resolver conforme a derecho y otorgar certeza jurídica a la ley.

“Ese va a ser el efecto positivo que va a tener -la impugnación-, porque va a disipar cualquier duda que se tenga sobre su validez jurídica, y con eso se dará más fuerza a la ley”, asegura Escobar.

Sin embargo, la última palabra, sobre si se acogen o no los argumentos vertidos por los juristas, la tendrá la CC, que de momento decidió no suspenderla provisionalmente. De acuerdo con el departamento de Comunicación Social de ese Organismo, en los próximos meses se emitirá una resolución definitiva.

Artículo anteriorFracasa el acuerdo para evacuar a los rebeldes y civiles de Alepo
Artículo siguienteSUCESOS