POR VIRGINIA CONTRERAS
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Pese a que la legislación nacional no permite la circulación de los vehículos con timón derecho, estos transitan por las calles y avenidas del país, lo que puede motivar a que agentes de tránsito los sancionen o incluso consignen.

De acuerdo con Amílcar Montejo,  intendente de la Policía Municipal de Tránsito (PMT),  la única entidad que puede extender un permiso para que transiten es el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC).

En tal sentido el Artículo 21, de la Ley de Tránsito y su Reglamento, establece que los vehículos con el timón del lado derecho, no podrán circular en las vías públicas del territorio nacional, salvo casos especiales que sean autorizados por ese Departamento.

Según Montejo, la infraestructura vial del país no es adecuada para este tipo de vehículos.

“Los virajes, los cambios de curva, las rasantes, las banquetas, incluso los ingresos a los parqueos, están creados para los automotores con timón de lado izquierdo y manipulación con la mano derecha de la caja de velocidades”, señaló el intendente.

Esta opinión la comparte Dalia Santos, portavoz del Departamento de Tránsito de la PNC, quien detalló que los conductores de estos automóviles no tienen a la vista ni al agente, ni las señales de tránsito, situación que pone en riesgo latente a los peatones al cruzar las calles.

“Son factores de riesgo los que genera el conducir este tipo de vehículos”, explicó Santos.

Refirió que este asunto se encuentra dentro de las reformas a la Ley de Tránsito.

Montejo, por su parte, detalló que estos transitan debido a que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), les extiende la tarjeta de circulación.

Destacó que a la fecha, se han impuesto 10 infracciones a conductores de estos automóviles por cruzarse el semáforo en rojo o por exceso de velocidad.

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