POR CLAUDIA PALACIOS
cpalacios@lahora.com.gt

La Corte Suprema de Justicia se dividió en dos grupos al tramitar el antejuicio contra el diputado del Partido Patriota (PP), Gudy Rivera, por las supuestas presiones ejercidas sobre la magistrada de Sala de Apelación, Claudia Escobar. Algunos togados señalaron la contradicción institucional que implica el rechazo del antejuicio y explicaron las razones por las cuales se debió nombrar un juez pesquisidor.

La CSJ resolvió rechazar el antejuicio contra Gudy Rivera, luego de un debate sobre la conversación grabada por la magistrada denunciante, el cual finalizó con una votación de ocho contra cinco, con mayoría de quienes votaron a favor de rechazar el antejuicio, argumentando que no existe ningún indicio de la comisión de un delito y tampoco de la participación directa del funcionario en las supuestas presiones.

Un magistrado de la CSJ indicó que: “Los magistrados (quienes rechazaron el antejuicio) hicieron referencia al lugar en que la magistrada recibió al abogado y al diputado, porque decían que no era muy propio que los hubiera recibido en un lugar fuera de su oficina.”

Sin embargo, para el magistrado, esto más que una razón para rechazarlo, evidencia la necesidad de un juez pesquisidor para “aclarar muchos pasajes de cómo están narrados los hechos”, lo cual, señaló, fue en resumen el posicionamiento del grupo que votó a favor de seguir con el trámite.

Según indicó el togado, “Había que haberse nombrado juez pesquisidor para determinar si en efecto había prueba de algún delito, acuérdese que en el antejuicio no se deben calificar delitos ni se puede hacer análisis de prueba… Los que votamos en contra (de rechazar el antejuicio), creemos que en aras de defender la independencia judicial era necesario investigar al diputado y al abogado que está siendo procesado (Vernon González)”.

El togado cree que la actitud de los magistrados del grupo que rechazó el antejuicio denota que “pudo haber alguna injerencia del antejuiciado y alguna correlación con el tema (el amparo) que ella (Claudia Escobar) tenía discusión, que era el Partido Patriota”.

De acuerdo con el magistrado Arturo Sierra, quien fue expresidente de la Corte, la decisión de los ocho togados fue una contradicción institucional, ya que como precedente existe una persona procesada por los hechos a los que hace referencia la conversación que escuchó el Pleno.

Según explicó el magistrado Gabriel Medrano, la Corte no debía resolver si se condenaba o no al diputado, sino solamente el nombramiento de un juez que realizara las pesquisas y que emitiera un informe sobre si se debía o no retirar la inmunidad del diputado Rivera y que luego, la corte analizaría nuevamente.

La Hora se intentó contactar con algunos magistrados que votaron a favor de rechazar el antejuicio, pero no quisieron brindar declaraciones al respecto.

ANTECEDENTES
El pasado 9 de octubre la magistrada de la Sala Quinta de Apelaciones del Ramo Civil, Claudia Escobar, presentó a la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala un disco compacto con la grabación de una conversación que mantuvo con el diputado Rivera y el abogado Vernon Eduardo González Portillo, en la que supuestamente se evidencia cómo el congresista busca influir sobre una resolución que debía emitir la Sala Quinta en torno a un amparo presentado por el Partido Patriota (PP) contra una decisión del Tribunal Supremo Electoral.

 

 

Artículo anteriorCoordinarán seguridad para magistrada
Artículo siguienteJóvenes participan en programas de educación sexual de Aprofam