POR ACISCLO URÍZAR
aurizar@lahora.com.gt

La Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) expuso sus argumentos sobre las irregularidades que, según ese ente internacional, se presentaron durante el proceso de selección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Sala de Apelaciones.

Proceso que ha sido cuestionado por varios sectores de la sociedad por considerar que en el mismo no se tomaron en cuenta los méritos de los profesionales que resultaron electos, suceso que ha generado polémica e incertidumbre y que, de momento tiene en suspenso la elección de los magistrados que ocuparán tan importantes cargos.

La CICIG se suma a esos cuestionamientos señalando que, en la sesión del Congreso de la República con fecha 25 de septiembre pasado, en la que se declaró electos a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, se puede constatar que para realizar la designación de magistrados los legisladores tardaron en “discutir” la capacidad, idoneidad y honradez de los aspirantes alrededor de 45 segundos, a pesar de la tarea tan importante que tenían ante sí.

En la referida sesión parlamentaria los diputados acordaron nombrar electos a los candidatos considerando que éstos cumplían con los requisitos establecidos en ley y, argumentando que habían pasado por el proceso de depuración de la postuladora, por lo cual los declararon como profesionales idóneos y capaces para ejercer el cargo al que estaban aspirando.

No obstante, lo que generó la suspicacia de diversos sectores de sociedad guatemalteca fue la selección de algunos candidatos que, a todas luces, no superaban en experiencia laboral a sus contendientes, solo por citar uno de los varios factores que tanto la Comisión de Postulación así como los “padres de la patria” debieron tomar en cuenta al momento de elegir a los magistrados de las cortes.

En el caso de uno de los expedientes de los aspirantes que no resultó electo, el expediente 55 específicamente, podemos notar que dicho postulante cuenta con 39 años de ejercicio profesional; 20 de ellos en la judicatura versus los 5 años de ejercicio profesional y sin ninguna experiencia en el sector justicia del aspirante cuyo expediente corresponde al expediente 299 que resultó electo. Solo por citar uno de varios casos similares.

También, en la evaluación de aspirantes a magistrados a la CSJ, en el expediente número 63 en el aspecto de méritos profesionales, concretamente en la casilla de experiencia profesional se le asignó a dicho candidato la suma de 55 puntos, cuando el puntaje máximo era de 50, lo cual deja en claro que existe una evidente irregularidad en el proceso, según los argumentos expuestos por la CICIG.

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