POR SAIRA RAMOS
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La propuesta, dentro de su texto original, incluye la definición de las autoridades indígenas, consejos, guías espirituales, Chuch Qajaw o Ajq´ijab´, además de lugares sagrados construidos y naturales, así como la definición de cuáles son los objetos y tradiciones sagradas, patrimonio espiritual o intangible, la protección de los lugares y pueblos indígenas.

La normativa 3835 también cuenta con medidas de protección, además de la administración de lugares divinos, asimismo de la creación del Consejo Nacional de Lugares Sagrados, como ente autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Este último ha recibido fuertes críticas por algunos sectores privados, que aducen que la propuesta viola la propiedad privada y también podría generar conflictos religiosos, además de alterar normativas ya existentes.

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