
Después de tres meses de dado el fallo definitivo por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la Sala Tercera Penal dio cumplimiento a la orden de dejar sin efecto las órdenes de captura que esta instancia dictó en contra de 23 personas, entre exfiscales y exmiembros de la desaparecida Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) dentro del caso Acuerdos Fraudulentos.
En abril pasado, la CSJ determinó que la decisión de emitir órdenes de captura por parte de los magistrados eran acciones que no les correspondían y, por ende, caían en la ilegalidad, situación por la cual se ordenó anular dicha resolución y dejar sin efecto las órdenes de captura.
De acuerdo con el análisis de la CSJ, el actuar de la Sala Tercera Penal, los magistrados refieren que: «Se comprueba que la Sala reprochada emitió una resolución que es ilegal y violatoria de los derechos fundamentales denunciados por el interponente, toda vez que su intervención se limitaba únicamente a conocer y declarar si la recusación procedía o no. Con dicho proceder, violentó el principio de juez natural, pues la emisión de las órdenes de aprehensión es una facultad de los jueces de primera instancia (jueces contralores) que tienen a su cargo el control de la investigación».
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En la nueva resolución de la sala, se indica que se ordena dejar sin efecto lo oficios girados a la Policía Nacional Civil (PNC), la Dirección General de Migración, así como a Interpol, aunque en el caso de este último ente internacional, negó el girar las órdenes de captura internacionales al determinarse que no cumplían con los requisitos.
Con la acción de la Sala, las 23 personas que habrían sido perseguidas quedan nuevamente fuera del proceso, a la espera de nuevas acciones que la Fiscalía Especial Contra la Impunidad pueda solicitar, pero esta vez ante el Juzgado de Mayor Riesgo C, a donde fue trasladada la carpeta luego de que las antiguas autoridades de dicha fiscalía solicitaran el traslado de la carpeta judicial.







