Los magistrados de la Sala Tercera de Apelaciones Penal resolvieron anular las resoluciones emitidas por el juez Erick García dentro del caso TREP, por considerar que no es el juez natural del caso, dejando sin efecto la revocatoria de la suspensión de las funciones de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
La resolución se da en medio de la petición de recusación que el Ministerio Público (MP) planteó en contra de los jueces del Juzgado Segundo Penal, Erick García y Mario Hichos, que aunque originalmente la audiencia era únicamente para confirmar o cambiar a los juzgadores, los magistrados decidieron resolver de oficio la anulación.
Alejandro Prado, presidente de la sala, indicó en la resolución que resolvieron de oficio una actividad procesal defectuosa, al considerar que el juez no podía resolver otras acciones por no ser el juez natural, pese a que el objeto de la audiencia era otra.
La Sala recalcó, que la anulación de lo resuelto por García deberá realizarse hasta que el juez Mario Hichos, reciba la ejecutoria de la resolución, es decir, hasta que la misma este firme y no exista ningún recurso pendiente que impugne la misma. Una vez se cumpla esto, Hichos tiene 24 horas para cumplir con lo ordenado por los magistrados.
Ante esta decisión, Gabriel Aguilera, presidente del TSE, esto es «el inicio de una batalla legal», y asegura que esperaban este tipo de resoluciones. «De momento esto no tiene firmeza y nosotros vamos a continuar adelante con nuestro trabajo», refirió.
MP ARGUMENTÓ SOLO PARA CAMBIAR JUEZ
En este caso, el MP aseguró que dudaba de la imparcialidad de los jueces Erick García y Mario Hichos al considerar que estos tenían un interés directo dentro del caso, luego que Hichos programara audiencias dentro del caso y creer que García iba a tener un pensamiento igual al de su homólogo.
Sin embargo, durante la audiencia para presentar sus argumentos ante la Sala, el MP tomó los hechos recientes en donde García revocó la suspensión a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aduciendo que esto era una causal que mostraba el interés que el juez tenía el proceso y que por tal razón ninguno de los dos jueces eran idóneos para seguir conociendo el caso TREP.
Según el MP, que no le hayan dado amparos provisionales a los magistrados del TSE y que los jueces puedan atender las peticiones de revisión de medida, muestran que no son aptos para seguir conociendo el caso.
#AhoraLH | 🚨 El presidente del TSE, Gabriel Aguilera, afirma que impugnarán la decisión de la Sala.
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— Diario La Hora (@lahoragt) January 14, 2025
INCONSISTENCIA EN FECHAS
Por su parte, tanto la defensa como los magistrados del TSE señalaron que el Código Procesal Penal no contempla que se utilicen argumentos de hechos futuros en medio de una recusación planteada con anterioridad.
El abogado Jorge Pinto, señaló que el MP buscaba usar resoluciones emitidas en diciembre y la del pasado 10 de enero, cuando la recusación la presentaron el 28 de octubre, situación que no podía ser tomada en cuenta para la evaluación de la recusación.
Por su parte, el presidente del TSE, Gabriel Aguilera, recalcó que no han probado la existencia de un interés directo dentro del caso por parte de los juzgadores, pues ya se había convertido en una constante, la recusación de jueces por parte del MP.
Esta argumentación fue acuerpada por la magistrada Irma Palencia, quien señaló que existe la duda sobre la búsqueda de un juez ad hoc por parte de la fiscalía, pues cada vez que se ha dado una resolución contraria a los intereses del MP, se busca cambiar a los jueces.
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Así mismo, señaló que la Sala solicitó, se aclarara contra cuál de los dos jueces del Juzgado Segundo Penal era contra quien se dirigía la recusación, lo que a criterio de Palencia demuestra que el MP no presentó el recurso de forma adecuada.
RECUSACIÓN RECHAZADA
En la resolución emitida por la sala, los magistrados rechazaron la petición del MP, pues consideran que no hay causal establecida para efectuar el cambio del juez Mario Hichos y confirman que este debe seguir conociendo el caso.
En la situación de García, la sala se abstuvo de mencionar si este debía o no conocer, ya que consideraron que al no ser el juez natural no había pronunciamiento al respecto.
DEFENSA SEÑALA OTRA ANOMALÍA
Mientras tanto los defensores de los magistrados señalaron que la audiencia puede ser objeto de anomalías, pues desde el pasado lunes presentaron una recusación contra el magistrado presidente Alejandro Prado, asegurando que dudaban de la imparcialidad que este podría tener en el caso, por lo tanto, se debía nombrar a un suplente.
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No obstante, Prado aseguró que no aceptaba la recusación y la rechazó, pero la defensa asegura que este no tenía la facultad para resolver un recurso presentado en su contra, por lo que presentaran las impugnaciones respectivas.
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