En la citación se refirió el ministro de Finanzas Públicas, Álvaro González Ricci. Foto: Congreso

Los diputados de la bancada de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) citaron a autoridades del Ministerio de Finanzas Públicas (MINFIN), así como de otras entidades para conocer los pormenores del proyecto del presupuesto para el próximo año. En la reunión se advirtió de una reducción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS).

De acuerdo con el jefe de la bancada de la UNE, Carlos Barreda en el proyecto del Presupuesto 2022, se refleja una reducción de Q364,000,000.00 a la cartera Salud, destinados para la atención a la emergencia COVID-19. “Eso no es posible, se le baja el presupuesto a vacunas, eso no es posible”, indicó.

En respuesta, el ministro de Finanzas Públicas, Álvaro González Ricci reiteró que el presupuesto para el 2022 es de Q103,992,000.00 y que el Gobierno priorizó la salud, educación, seguridad y justicia.


Según los datos proporcionados por el titular de la cartera, al MSPAS le asignaron Q12 millardos y de estos se destinaría Q1 millardo para la adquisición de vacunas contra el COVID-19.

OTROS RUBROS DESTACADOS

Ministerio de Educación Q2 mil millones
Ministerio Público Q 1,400,000.00
Organismo Judicial Q300,000,000.

LAS EXPECTIVATIVAS

El argumento para solicitar dicho presupuesto se basa en el buen comportamiento de la recaudación tributaria de este 2021, agregó el Ministro de Finanzas.

De acuerdo con el superintendente de Administración Tributaria, Marco Livio Díaz, las proyecciones de recaudación apuntan a un cierre de Q6,900,000.00 más que la meta trazada y Q74,000,000.00 para el siguiente ejercicio fiscal.


¿QUÉ DICE LA LEY?

Según La Constitución Política de la República de Guatemala, en el artículo 171, literal b) al Congreso le corresponde: “Aprobar, modificar o improbar, a más tardar treinta días antes de entrar en vigor, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado. El Ejecutivo deberá enviar el proyecto de presupuesto al Congreso con ciento veinte días de anticipación a la fecha en que principiará el ejercicio fiscal. Si al momento de iniciarse el año fiscal, el presupuesto no hubiere sido aprobado por el Congreso, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio anterior, el cual podrá ser modificado o ajustado por el Congreso”.

Además, el artículo 23 de la Ley Orgánica del Presupuesto, establece: “El Organismo Ejecutivo presentará el Proyecto de presupuesto general de ingresos y egresos del Estado al Congreso de la República a más tardar el dos de septiembre del año anterior al que regirá, acompañado de la información que se especifique en el reglamento de esta Ley”.

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