Durante un mensaje en cadena nacional el presidente Alejandro Giammattei indicó que las vacunas seguirán llegando a Guatemala, unas compradas y otras donadas. Foto: Presidencia

El Gobierno de Guatemala publicó este sábado en el Diario Oficial el Estado de Calamidad regulado en el Decreto Gubernativo 6-2021, acompañado de disposiciones presidenciales, es decir, las medidas específicas que deberán cumplirse a partir de este domingo.

En el documento se establecen las medidas que estarán vigentes durante el plazo que dure la suspensión de las garantías constitucionales.

¿QUIÉNES NO ESTÁN SUJETOS A LAS RESTRICCIONES?

Por ejemplo, se exceptúa de las restricciones de lugares y horarios de locomoción, así como de medios de transporte los siguientes sectores:

Los diputados del Congreso de la República en el desarrollo de sus funciones legislativas y de fiscalización, así como el personal del Organismo Legislativo designado para brindar apoyo administrativo y técnico que cuente con la autorización de un salvoconducto firmado por el Presidente de ese organismo.

Personal y transporte del sistema de administración de Justicia vinculado a las garantías judiciales indispensables y aquellas que determine la autoridad jurisdiccional.


El personal y los vehículos de los cuerpos de seguridad, del Ejército de Guatemala y de las empresas de seguridad privada y transporte de valores, debidamente identificados, así como de la Coordinadora para la Reducción de Desastres (Conred).

El personal y los vehículos como ambulancias, de auxilio, de socorro, de cuerpos de bomberos, de hospitales públicos y privados, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, Cruz Roja de Guatemala y de entidades privadas prestadoras de servicios de salud debidamente autorizadas e identificadas.

El personal internacional y los vehículos con placa de circulación o identificación diplomática o de misión internacional, así como los vehículos gestionados por las embajadas y consulados para la repatriación de guatemaltecos al territorio nacional.


El personal que se conduzca en los vehículos con placas oficiales de Gobierno o debidamente acreditados como funcionarios conforme a las Disposiciones Presidenciales.

TOQUE DE QUEDA

Entre las medidas decretadas se impone un Toque de Queda desde las 22:00 a las 4:00 horas.

Se exceptúan de la prohibición de circulación personas que se encuentran en tratamientos médicos, trabajadores de salud, medios de comunicación, transporte de cargas o servicios de asistencia, abogados, personeros y trabajadores del sistema bancario, asegurados, cooperativas y financieras.

El toque de queda entrará en vigencia el 15 de agosto del presente año.. Foto. Christian Gutiérrez

Están permitidos los repartos a domicilio de alimentos, farmacia y servicios esenciales en horario extendido, mientras estén plenamente identificados los vehículos en los que se transportan, según el documento del Gobierno.

SOBRE LOS EVENTOS PÚBLICOS

En el mismo artículo se establece en el literal e) Limitar las concentraciones de personas y prohibir o suspender toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones o eventos, conforme las Disposiciones Presidenciales.

Se exceptúa de esta disposición a las manifestaciones, cuando se lleven a cabo con la notificación debida, cumpliendo con las medidas sanitarias necesarias y que garanticen la libertad de locomoción de terceros.


La publicación también se refiere a la prohibición de las visitas a los centros penitenciarios y a los de reclusión de menores.

Los encuentros deportivos deberán llevarse a cabo sin asistencia de seguidores o público en general.

Las clases presenciales quedan sujetas al criterio de los ministerios de Salud y Educación.

OTRAS MEDIDAS

El decreto permite al Gobierno la compra de insumos médicos y fijar precios mínimos, así como máximos sobre productos que ayuden en la contención de la pandemia.

Viajeros podrán movilizarse en horario restringido por medio de un código QR. Foto: José Orozco/La Hora

¿Y LOS VIAJEROS INTERNACIONALES?

En el caso de los viajeros que arriben o necesiten llegar al Aeropuerto Internacional La Aurora después de las 22 horas, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) extenderá un salvoconducto con un código QR en su sitio web, que servirá para el viajero y la persona que lo traslade al aeropuerto y viceversa.

Los taxis del aeropuerto también continuarán trabajando en horario normal, para prestar el servicio a los pasajeros que así lo necesiten.

Sin embargo, la DGAC aún socializará cómo se realizará la inscripción para recibir este código.

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