El PDH, Jordán Rodas cumplirá el 19 de agosto su mandato de cinco años. Foto: La Hora/Archivo.

A falta de cuatro días para cerrar el período para la recepción de documentos de aspirantes a Procurador de los Derechos Humanos (PDH), y transcurridas dos semanas desde que inició la recepción no se ha presentado ningún profesional ante la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República.

El proceso para presentar expedientes inició el pasado 17 de febrero y culminará el próximo lunes 7 de marzo.

Jordán Rodas, actual magistrado de conciencia, cumplirá el 19 de agosto su mandato de cinco años, por lo que la Comisión Legislativa debe presentar una nómina al Pleno para elegir al sucesor antes de esa fecha.

La Comisión de Derechos Humanos del Congreso aprobó que el 13 de mayo sea el plazo límite para la entrega de la terna al pleno del Legislativo de los candidatos a PDH, antes del cierre del primer periodo legislativo del año.

El pleno de diputados deberá elegir al sucesor de Rodas, quien ya dijo que no buscará la reelección, de entre tres candidatos propuestos por la Comisión en mención, la decisión tendrá que efectuarse en un plazo de 30 días a partir de la entrega de la terna de candidatos, según lo establecido en ley.

ATRIBUCIONES DEL PDH

En relación con las atribuciones, que se encuentran en el artículo 275 de la Constitución Política, están las siguientes:

• Promover el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa gubernamental, en materia de Derechos Humanos;
• Investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los intereses de las personas;
• Investigar toda clase de denuncias que le sean planteadas por cualquier persona, sobre violaciones a los Derechos Humanos;
• Recomendar privada o públicamente a los funcionarios la modificación de un comportamiento administrativo objetado;
• Emitir censura pública por actos o comportamientos en contra de los derechos constitucionales;
• Promover acciones o recursos, judiciales o administrativos, en los casos en que sea procedente; y
• Las otras funciones y atribuciones que le asigne la ley. El Procurador de los Derechos Humanos, de oficio o a instancia de parte, actuará con la debida diligencia para que, durante el régimen de excepción, se garanticen a plenitud los derechos fundamentales cuya vigencia no hubiere sido expresamente restringida. Para el cumplimiento de sus funciones todos los días y horas son hábiles.  

 

Mientras que el artículo 274 siempre de la Constitución establece: “El procurador de los Derechos Humanos es un comisionado del Congreso de la República para la defensa de los Derechos Humanos que la Constitución garantiza. Tendrá facultades de supervisar la administración; ejercerá su cargo por un período de cinco años, y rendirá informe anual al pleno del Congreso, con el que se relacionará a través de la Comisión de Derechos Humanos”.

Ningún profesional se ha presentado ante la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República para aspirante a la PDH. Foto: La Hora/Archivo.

RODAS NO BUSCARA REELECCIÓN

Ante la decisión del actual PDH de postularse como candidato a rector de la Universidad de San Carlos, descartó presentar su expediente ante la Comisión de Derechos Humanos del Congreso en búsqueda de una posible reelección como Magistrado de Conciencia.

 

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