POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt
En Guatemala, 3 mil 687 mujeres han sido reportadas como desaparecidas a través de la alerta Isabel-Claudina y al menos 61 de las que eran buscadas fueron encontradas muertas, según el Ministerio Público (MP). La información corresponde al 7 de agosto de 2018 (un día después de que entró en vigencia la Alerta Isabel-Claudina y se lanzó el Mecanismo de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas), al 31 de agosto de este año.
Martha Carolina Rax, de 33 años, fue reportada como desaparecida el pasado 15 de agosto en Campur, San Pedro Carchá, Alta Verapaz. Su esposo activó una alerta Isabel-Claudina para aparentemente localizarla.
Sin embargo, Martha habría sido desaparecida en su mismo entorno familiar, pues el 7 de septiembre de este año, su cuerpo fue localizado enterrado en el patio de Ricardo Mucú Pop, el papá de su cónyuge.
Mucú fue detenido en un allanamiento realizado por el MP y la Policía Nacional Civil (PNC), debido a que no notificó a las autoridades sobre el crimen de su nuera.
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Las investigaciones preliminares de la PNC indican que el presunto responsable de la muerte de Martha habría sido su esposo, quien tras activar la alerta Isabel-Claudina, se escapó.
Martha es una de las 61 mujeres que han sido encontradas muertas, tras activarse una alerta Isabel-Claudina de agosto de 2018 a agosto de 2020. (Vea la gráfica Mujeres con alerta Isabel-Claudina, localizadas muertas).
Los datos reflejan que del 7 de agosto de 2018 (fecha en que entró en vigencia de la alerta Isabel-Claudina y se lanzó el Mecanismo de Búsqueda) al 31 de diciembre de ese año, 11 mujeres fueron encontradas muertas; en 2019, el número de casos era de 46 y hasta el 31 de agosto de 2020, el número de víctimas era 4.
Por otro lado, en el año 2018 el Organismo Judicial (OJ), emitió 105 sentencias por el delito de femicidio: 32 absolutorias y 73 condenatorias. En 2019 registró 72 sentencias por femicidio, 15 absolutorias y 57 condenatorias. Hasta el 31 de agosto de este año ha emitido 14 sentencias por ese delito: 1 absolutoria y 13 condenatorias.
ALERTAS Y EL MAPA DE LAS DESAPARICIONES DE MUJERES
De acuerdo con una solicitud de información pública requerida al MP, de agosto de 2018 a agosto de 2020, se han activado 3 mil 687 alertas, de las cuales 3 mil 108 han sido desactivadas y 579 permanecían activas. (Vea la gráfica Alertas Isabel-Claudina).
Las alertas activadas en 2018 fueron 563, de las cuales 498 fueron desactivadas y 65 permanecían activas. En 2019 la cifra ascendió a 2 mil 151, 1 mil 812 fueron desactivadas y 339 permanecían activas, mientras que, hasta el 31 de agosto de este año, 973 fueron activadas, 798 han sido desactivadas y 175 permanecen activas.
Los departamentos donde mayormente se activaron alertas en 2018 fueron: Guatemala, Quetzaltenango, Escuintla, Alta Verapaz, Chimaltenango, San Marcos, Jutiapa, Petén, Huehuetenango y Baja Verapaz.
En 2019 fue similar, Guatemala, Quetzaltenango, Escuintla, Santa Rosa, Petén, Chimaltenango, San Marcos, Suchitepéquez y Jutiapa.
En 2020, el mapa de reporte de desaparición se concentró de manera similar, Guatemala, Quetzaltenango, Escuintla, Alta Verapaz, Santa Rosa, San Marcos, Petén, Chimaltenango, Huehuetenango y Jutiapa.
CAUSAS: VIOLENCIA SIMBÓLICA, ALTERACIÓN DE RUTINA, DELITOS Y DISCAPACIDAD
Edda Roblero, analista de la Unidad de Enlace Mujer del MP, explica que la desaparición de mujeres es tomada como otro tipo de violencia, porque es multicausal y no solo está vinculado a delitos como secuestro, trata, femicidio y violencia contra la mujer, sino que también está relacionado con la violencia simbólica y con las limitantes a sus derechos humanos.
De acuerdo con la entrevistada, la información de las alertas confirmadas, es decir de las mujeres que han sido localizadas, ha determinado que el 45 por ciento de mujeres desparecen por la violencia simbólica y limitantes a sus derechos humanos.
“Las categorías que pertenecen a este tipo de violencia encontramos violencia contra la mujer que no ha sido denunciada, sino ellas manifiestan que han sufrido alguna agresión verbal, psicológica y física, pero no ha estado vinculada a delito, en el sentido de denuncia, aunque sabemos que es un delito; también peleas con la pareja que se da por la misma situación, asimismo por migración para tener una mejor vida económica en su mayoría”, indica Roblero.
La analista de la Unidad de Enlace Mujer del MP agrega, que también se puede mencionar la violencia simbólica y limitantes a sus derechos, por ejemplo, salen a buscar trabajo, para mejorar su vida económica porque en sus hogares no las dejan trabajar y no tienen como mantener a sus hijos.
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Mientras que en esta categoría también se incluye la situación emocional-afectiva que son mujeres que no quieren vivir en su comunidad, o en sus hogares porque son mujeres adultas y no se sienten a gusto, también por situaciones en las que deciden vivir en pareja, pero por las circunstancias en las que se encuentran son de alguna manera limitantes a sus derechos.
Por otro lado, un 23 por ciento de la causa de desaparición está relacionada con razones personales que tiene que ver con que las mujeres salieron a un centro comercial, al médico, a hacer deporte, o alteraron su rutina; no regresaron a tiempo a su destino y no pudieron comunicarse.
Otro 23 por ciento está vinculado con la categoría no indica y otros. En el caso de otros, es algo esporádico; las mujeres localizadas, no confirman porque desaparecieron.
Mientras que un 6 por ciento está relacionado con un delito y aquí se incluye a las mujeres que fueron encontradas sin vida, por ejemplo, fueron afectadas por una agresión, delito sexual, secuestro y trata.
En tanto, un 4 por ciento está relacionado con las mujeres que desaparecieron por algún tipo de discapacidad intelectual o psicosocial.
DESAPARICIONES VINCULADAS A LA VIOLENCIA DE GÉNERO
De acuerdo con el informe “Mujeres y niñas desaparecidas en el hemisferio”, de la Organización de Estados Americanos (OEA), el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y ONU Mujeres, han considerado que “las desapariciones de mujeres a menudo están vinculadas con otras formas de violencia de género, como la violencia sexual, la trata o los feminicidios”.
También en algunos países se vinculan con grupos organizados, maras y pandillas, como el caso de Honduras, que registra algunas de las tasas más elevadas de homicidios del mundo y niveles sin precedentes de delincuencia en general, en buena medida como consecuencia de las actividades de las maras.
El análisis indica que, en ese este mismo sentido, se ha establecido la conexión entre el femicidio/feminicidio y la desaparición de mujeres; la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha llevado a cabo diversos análisis sobre desapariciones de mujeres y niñas en casos de femicidios/feminicidios.
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En algunos países de la región, “la mayoría de los asesinatos de mujeres están precedidos por su desaparición”. Asimismo, las mujeres en ocasiones son desaparecidas durante el proceso de la trata de personas con fines de explotación sexual; no obstante, no se cuenta con registros completos o confiables, lo que dificulta el análisis de la problemática, refiere.
“El Comité considera que se han identificado patrones en los cuales la desaparición de mujeres tiene características específicas que la distinguen de las desapariciones de hombres. Es una dinámica que puede preceder y formar parte de la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, del femicidio/ feminicidio y de la violencia sexual”, explica.
Agrega que “La desaparición de mujeres y niñas en sí misma es una forma de violencia contra ellas, que transciende a su familia por considerarse que no permite cerrar ningún ciclo, pues los derechos vulnerados atentan contra mucho más que el derecho a una vida libre de violencias, afectando también todos los derechos fundamentales contenidos en la Convención – Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres-, incluido el derecho elemental a la vida, cuando el o los perpetradores le arrebatan la vida a la mujer desaparecida”.
ALERTA ISABEL-CLAUDINA Y SU FUNCIONAMIENTO
La alerta Isabel-Claudina, lleva ese nombre en memoria de María Isabel Véliz Franco, de 15 años, quien desapareció el 16 de diciembre de 2001, luego de salir de su trabajo; su cuerpo fue encontrado dos días después, torturado y violentado sexualmente. Así como en honor a Claudina Isabel Velásquez Paiz, quien desapareció el 12 de agosto de 2005 y su cadáver fue localizado al siguiente día con señales de violencia física y sexual.
El 6 de agosto de 2018 entró en vigencia la alerta Isabel-Claudina y se realizó el lanzamiento del Mecanismo de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas. Este Mecanismo fue lanzada públicamente, luego de que entrara en vigencia la Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas, el 2 marzo de 2016.
La Coordinadora Nacional del Mecanismo de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas estará integrada por: el MP, el Ministerio de Relaciones Exteriores (Minex), la Policía Nacional Civil (PNC), la Dirección General de Migración, la Procuraduría General de la Nación (PGN), la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República, la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (Svet), dos organizaciones de la sociedad civil, entre estas la Convergencia Cívico Política de Mujeres y la Pastoral Social de la Diócesis de la Verapaz.
Carmen López, abogada y fundadora de la Convergencia Cívico Política de Mujeres, opina que han observado, que tras la implementación de la alerta se ha trabajado, pero aún existe limitación en los recursos humanos, económicos y materiales, en general.
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De acuerdo con López, un ejemplo es el caso de la PNC, que es parte de la Coordinadora de Búsqueda y que en algunas administraciones de gobierno no ha tenido servicio de telefonía, o se han registrado constantes cambios en la cúpula policial y en el personal.
La entrevistada detalla, que a pesar de los desafíos han identificado que hay compromiso por parte de los equipos encargados de estos casos.
“Hemos encontrado que el actual equipo está con mucho compromiso, tratando de cumplir y buscar. Se han preocupado por la sensibilización para -identificar- los motivos de desaparición de las mujeres”, explica López.
La abogada reconoce que aún es necesario continuar trabajando en algunos temas, por ejemplo, todavía no hay un reglamento de la Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas. Agrega que es importante gestionar presupuesto para atender los casos que se derivan de la alerta Isabel-Claudina, admite que la divulgación y la socialización de la alerta es importante.
ACTIVACIÓN RÁPIDA Y LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
Edda Roblero, analista de la Unidad de Enlace Mujer del MP, explica que ante la desaparición de una mujer es necesario activar de forma inmediata la alerta Isabel-Claudina, pues a la fecha todavía es un desafío hacerlo de inmediato.
“Tenemos un reto como Coordinadora y sociedad, es contar con activaciones prontas, hemos identificado que muchas veces, la alerta se da -de dos a cuatro días- después que desaparecen -las mujeres-. Puede ser por desconocimiento, u otras circunstancias por la que las familias o amigos no reportan y eso para todo el Mecanismo es un gran reto, porque a pesar de que la búsqueda se realiza, las primeras horas son de vital importancia para localizarla y encontrar indicios de qué pudo haber sucedido”, explica Roblero.
La profesional agrega que es recomendable que las familias que reportan una desaparición colaboren con las autoridades, proporcionando la información que puede ser útil, por ejemplo, donde la por última vez, a dónde fue, sí tenía algún problema o era amenazada, pues esos detalles permitirán dar seguimiento, confirmar la hipótesis y fortalecer la investigación.
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Por otro lado, en el informe “Mujeres y niñas desaparecidas en el hemisferio”, de la Organización de Estados Americanos, sugiere varias recomendaciones a los Estados, entre las más importantes: adoptar todas las medidas necesarias para prevenir de manera general y especial la desaparición de las mujeres y niñas, investigar, sancionar y erradicar esta forma de violencia tanto cuando es cometida por particulares como forzadas.
También sugiere, tener en cuenta, la creación y adopción de medidas preventivas, así como en el desarrollo y seguimiento de líneas de investigación en casos de desapariciones de mujeres, las posibles vulnerabilidades adicionales de mujeres indígenas, afrodescendientes, las que viven con discapacidades, por su orientación sexual, o identidad de género, así como otras relacionadas con interseccionalidad y diversidad de las mujeres.
Agrega, incluir la problemática de las desapariciones de mujeres y niñas como una forma de violencia a prevenir, sancionar y erradicar, en los planes de formación permanente sobre violencia contra las mujeres y sobre derechos de las mujeres en el marco de la Convención, especialmente en aquellos dirigidos a juezas y jueces, operadores de justicia, fuerzas policiales y militares, centros especializados en violencia, fiscales, y personal de los servicios de salud, entre otros.
Asimismo, asegurar el acceso a la justicia para las/os familiares y conocidos de mujeres y niñas reportadas como desaparecidas, garantizando personal especializado y sensibilizado en la materia para atenderles en todas las etapas procesales en cada caso.