Entre la fundamentación para otorgar parcialmente el antejuicio, según el vocero del Organismo Judicial (OJ) Mario Siekavizza, se encuentran las resoluciones resueltas por la CC con posterioridad a la licencia otorgada al exmagistrado, Neftaly Aldana Herrera. Foto: La Hora/José Orozco

Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt

Este viernes, se oficializó por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se inhibieron de conocer por completo los expedientes de los antejuicios en contra de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), Gloria Porras y José Francisco De Mata Vela, haciéndolo de forma parcial y los envió de manera inmediata al Congreso de la República.

Entre la fundamentación para otorgar parcialmente el antejuicio, según el vocero del Organismo Judicial (OJ) Mario Siekavizza, se encuentran las resoluciones resueltas por la CC con posterioridad a la licencia otorgada al exmagistrado, Neftaly Aldana Herrera.

“En algunas se consignó en las sentencias dictadas por la CC que por inhibitoria de este último se designaba a determinado magistrado, sin embargo, la inhibitoria y la licencia con goce de salario son figuras jurídicas distintas ya que el inhibirse no solo deberá haber estado en el ejercicio de sus funciones sino haber determinado en cada caso particular, si existía alguna causa o impedimento para hacerlo”, señaló Siekavizza.

SEGÚN OJ LA CC NO TENÍA FACULTAD DE NOMBRAR PRESIDENTA DE CSJ

Una segunda argumentación que también fue explicada por el vocero del OJ, es que la CC decidió designar como presidenta de la CSJ a la magistrada vocal XII, en este caso se incurre en una grave violación a la norma constitucional, añadió respecto a la situación que se ha dado en ese organismo por la no designación de nuevos magistrados.

“Pues por mandato constitucional, la CC no tiene facultades para decidir quien preside la CSJ por lo que establece de forma textual la CC ha violentado dicho precepto legal” dijo Siekavizza.

CC SE AUTOPROTEGIÓ, OTRO ARGUMENTO

En el tercer argumento, Mario Siekavizza vocero de este organismo, añadió “que los magistrados de la CC, Gloria Patricia Porras Escobar, José Francisco De Mata Vela, Bonerge Amílcar Mejía Orellana (QPD) José Mynor Par Usen y María Cristina Fernández García, otorgaron un amparo a su favor para evitar que el Congreso conociera de un antejuicio en su contra”.

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“Sobre esto se logró determinar que en el primero de los hechos la CSJ ya se ha pronunciado, ya se ha designado a titular y suplente con fecha 10 de noviembre de 2020 y estos ya han asumido en sus cargos en la CC”, agregó Siekavizza.

“En el segundo y tercero de los hechos se ha hecho un análisis y se determinó que no fueron planteados por razones espurias, políticas o ilegítimas, en consecuencia, se otorga parcialmente el antejuicio por lo que los hechos deben ser conocidos por el Congreso de la República de Guatemala, debido a que la CC ha conminado a la CSJ de inhibirse de conocer antejuicios contra magistrados de la CC por resoluciones emitidas en el ejercicio de su cargo”, puntualizó Siekavizza.

Por esta razón, la CSJ por mayoría se inhibió de conocer el antejuicio promovido y remitió inmediatamente el expediente al Congreso de la República de Guatemala para su conocimiento.

Este jueves por la noche, se conoció la decisión de los magistrados de la CSJ, luego de que se solicitara su antejuicio por parte de la abogada Amanda Santizo, quien defendió a la familia Bitkov en el caso Migración.

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