José Miguel Vivanco, director de La División de las Américas de Human Rights Watch/Foto: La Hora/Archivo.

Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt

José Miguel Vivanco, director Ejecutivo de la División de las Américas, Human Rights Watch, se refirió acerca del proceso penal que se sigue en contra de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), indicando que el Congreso de la República arremete contra la independencia judicial de Guatemala.

“El Congreso de Guatemala arremete contra la independencia judicial, es un escándalo que el Congreso pretenda procesar penalmente a jueces de la Corte Constitucional por sentencias contra la corrupción, que no son de su agrado”, puede leerse en sus redes sociales en un mensaje emitido este día.

Este pronunciamiento se da frente al escenario que se vive en el país, ya que actualmente está pendiente de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ), conozca los antejuicios presentados en contra de los magistrados titulares de la CC.

Los esfuerzos del Congreso de Guatemala por impulsar procesos penales en contra de varios magistrados de la Corte de Constitucionalidad, a raíz de sentencias recientes de ese alto tribunal, constituyen un ataque flagrante a la independencia judicial, señaló el directivo de Human Rights Watch.

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“Los esfuerzos del Congreso por abrir procesos penales en contra de magistrados constitucionales por ejercer las funciones propias de ese tribunal son un ataque directo y descarado a la independencia judicial”, manifestó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch.

“La independencia judicial es un componente esencial del Estado de derecho. En lugar de atacar a la Corte de Constitucionalidad, el Congreso debería acatar sus sentencias y examinar seriamente las denuncias de corrupción en su propio proceso de selección de jueces”, añadió.

PROCESO DE ELECCIÓN DE CORTES ATRASADO

Las 13 vacantes de la CSJ y las 135 vacantes en las Salas de Apelaciones para el período 2019-2024 deberían haber sido llenadas en octubre de 2019. El 26 de febrero de 2020, la CC suspendió temporalmente el proceso de designación de estas vacantes, basándose en una investigación de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), que reveló evidencias de posibles influencias indebidas en la selección de los jueces, específicamente de Gustavo Alejos, sindicado en varias investigaciones.

En mayo, la CC emitió amparo definitivo para que la selección continuará en el Congreso, siguiendo ciertos parámetros establecidos en la Constitución, pero esto no ha sucedido. Foto La Hora/Congreso

En mayo, la CC emitió amparo definitivo para que la selección continuará en el Congreso, siguiendo ciertos parámetros establecidos en la Constitución, pero esto no ha sucedido.

El proceso ha sido seguido de cerca por la División de las Américas, Human Rights Watch, quien expresó se muestra el poco interés del Congreso en elegir a los magistrados sucesores de la CSJ.

ELECCIÓN DE CORTES CON FALENCIAS EN 2014

José Miguel Vivanco, director Ejecutivo de la División de las Américas, Human Rights Watch, también se refirió, además, al proceso de Cortes en 2014, el cual también demostró falencias.

“El proceso de selección de magistrados en Guatemala ya había tenido falencias en el pasado. En 2014, Human Rights Watch denunció fallas en los procesos de selección para magistrados de la Corte Suprema, advirtiendo arbitrariedades y conflictos de interés entre los miembros de las Comisiones de Postulación y los candidatos”, añadió.

Un poder judicial independiente es esencial para la protección de los derechos humanos y el respeto al Estado de derecho, resaltó.

Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), los procesos de selección y nombramiento que cumplen con criterios mínimos, como una selección transparente basada en méritos y calificaciones, son necesarios para que en “los procedimientos para el nombramiento de las y los operadores de justicia seleccionados se verifique que reúnan condiciones que se traduzcan en un verdadero régimen independiente que permita el acceso a la justicia”.

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Los estándares internacionales también requieren que cualquier método utilizado para la selección de personal judicial garantice que los funcionarios no sean nombrados por motivos indebidos. Tal como señalan los principios de independencia judicial de Naciones Unidas, un poder judicial independiente debe manifestar sus opiniones “sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo”, agregó en su pronunciamiento.

“Los jueces deben ser sujetos a suspensión o remoción únicamente por incapacidad o comportamiento que los inhabilite para seguir desempeñando sus funciones”, sostuvo Vivanco. “Jamás deben enfrentar procesos de sanción o destitución por dictar sentencias que no coincidan con la opinión de miembros del ejecutivo o legislativo”, concluyó.

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